Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (28/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Sábado 28 de junio de 2014 526331 asegura la universalización de la educación básica en todo el país proporcionando los servicios públicos necesarios para lograr este objetivo, compensando las desigualdades derivadas de factores económicos, geográfi cos, sociales o de cualquier otra índole que afectan la igualdad de oportunidades en el ejercicio del derecho a la educación mediante la adopción de medidas que favorecen a segmentos sociales que están en situación de abandono o de riesgo para atenderlos preferentemente; Que, el literal i) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, establece que es función del Ministerio de Educación liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el Presupuesto Nacional de Educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que en el Año Fiscal 2014, los recursos públicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; Que, el numeral 11.2 del citado artículo 11 señala que, previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); y las transferencias de recursos que se efectúen en el marco de la referida disposición sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año fi scal 2014; asimismo, señala que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verifi cación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los recursos, así como del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública; Que, la Ofi cina de Infraestructura Educativa - OINFE del Ministerio de Educación, con Ofi cio Nº 3732-2014- MINEDU/VMGI-OINFE, remite a la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, el Informe Nº 285-2014-MINEDU-VMGI-OINFE-UPLAN por medio del cual sustenta una relación de proyectos de Inversión Pública Priorizados, que serían fi nanciados mediante una transferencia de partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Que, la Ofi cina de Programación de Inversiones del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 0030-2014-MINEDU/SPE-PLANMED-UPRO-OPI, ha realizado la evaluación de los 48 proyectos de inversión pública en infraestructura educativa propuestos por la OINFE, determinando que los mismos califi can para ser fi nanciados con cargo al presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 194-2014-MINEDU/SPE-UP, señala que se cuenta con recursos disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios para ser destinados al fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en infraestructura educativa, los cuales serán ejecutados por diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, asimismo, señala que los proyectos de inversión pública cuentan con declaratoria de viabilidad, en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, y que se han suscrito los respectivos convenios conforme a lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 30114; en mérito de lo cual, a través del Ofi cio Nº 1171-2014-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita la aprobación de la transferencia de partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para ser destinados al fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en infraestructura educativa; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42 706 313,00) con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, del presupuesto institucional del año fi scal 2014 del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para fi nanciar la ejecución de cuarenta y tres (43) proyectos de inversión pública en infraestructura educativa, en el marco de lo señalado en el artículo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; DECRETA: Artículo 1.- Autorización de transferencia de Partidas 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, del pliego Ministerio de Educación a favor de diversos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales hasta por la suma de CUARENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS TRECE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 42 706 313,00), para fi nanciar la ejecución de cuarenta y tres (43) proyectos de inversión pública en infraestructura educativa, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PROYECTO 2001621 : Estudios de Pre-Inversión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 42 706 313,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 42 706 313,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 17 512 619,00 PLIEGOS : Gobiernos Locales ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 25 193 694,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 42 706 313.00 =========== 1.2 Los pliegos habilitados en la Sección Segunda del numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego y proyecto, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas del Ministerio de Educación a