TEXTO PAGINA: 24
El Peruano Sábado 28 de junio de 2014 526322 con Ofi cio N° 1244-2014-MEM/SEG, el referido Ministerio solicita la citada transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de UN MILLÓN CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 056 693,00), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, del presupuesto institucional del año fiscal 2014 del pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, Unidad Ejecutora 005: Dirección General de Electrificación Rural, a favor de la Municipalidad Distrital de San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, para financiar la ejecución de un proyecto de inversión pública de electrificación rural, de acuerdo con lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modifi catorias; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de UN MILLÓN CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 056 693,00), del Pliego Ministerio de Energía y Minas, a favor de la Municipalidad Distrital de San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, para la ejecución de un proyecto de inversión pública de electrificación rural, conforme al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO0 16 : Ministerio de Energía y Minas UNIDAD EJECUTORA 005 : MEM- Dirección General de Electrifi cación Rural PROGRAMA PRESUPUESTAL 0046 : Acceso y Uso de la Electrifi cación Rural PROYECTO 2180687 : Instalación del servicio de energía eléctrica mediante sistema convencional en las comunidades de Collata y Jicamarca, distrito de San Antonio – Huarochiri - Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 056 693,00 TOTAL EGRESOS 1 056 693,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizada PLIEGO 150716 : Municipalidad Distrital de San Antonio PROGRAMA PRESUPUESTAL 0046 : Acceso y Uso de la Electrifi cación Rural PROYECTO 2180687 : Instalación del servicio de energía eléctrica mediante sistema convencional en las comunidades de Collata y Jicamarca, distrito de San Antonio – Huarochiri - Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 056 693,00 TOTAL EGRESOS 1 056 693,00 ========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para el cual es transferido. Artículo 4.- Información El pliego habilitado informará al Ministerio de Energía y Minas el avance físico y fi nanciero de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adenda, para efectos de las acciones de verifi cación y seguimiento a que se refi ere el artículo 11 de la Ley N° 30114. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1103637-3 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros DECRETO SUPREMO Nº 175-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, aprobó, entre otros, el Presupuesto Institucional del pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declaró al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;