Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2014 (01/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Sabado 1 de marzo de 2014

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por el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA suscrito en la MORDAZA de Buenos Aires el 11 de junio del 2004 y vigente desde el 19 de MORDAZA del 2006; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion pasiva del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N.º 11 de la Capital Federal de la Republica MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito de Falsificacion de moneda, en agravio del Estado MORDAZA y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1056056-11

BALLESTEROS MORDAZA, formulada por la Seccion MORDAZA de la Audiencia Provincial de Barcelona del Reino de Espana y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesada por la comision del delito contra la Salud Publica, en agravio del Reino de Espana, aplazando su entrega hasta que la reclamada cumpla la condena impuesta por las autoridades peruanas por la comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado Peruano, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1056056-10

Acceden a solicitud de extradicion pasiva de ciudadano peruano y disponen su MORDAZA por via diplomatica a la Republica MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 045-2014-JUS MORDAZA, 28 de febrero de 2014 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 146-2013/ COE-TC, del 02 de diciembre de 2013, sobre la solicitud de extradicion pasiva a la Republica MORDAZA del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N.º 11 de la Capital Federal de la Republica MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 12 de agosto de 2013, declaro procedente la solicitud de extradicion efectuada por la Republica MORDAZA, por intermedio de su Embajada, respecto del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el MORDAZA que se le sigue por delito de Falsificacion de Moneda, en agravio del Estado MORDAZA (Exp. N.º 111-2013); Que, el literal b) del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion pasiva formulada por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe N.º 146-2013/COE-TC, del 02 de diciembre de 2013, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aceptan renuncias de Secretaria General, Jefa de Gabinete de Asesores y Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
RESOLUCION MINISTERIAL N° 049-2014-MIMP MORDAZA, 28 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial 210-2012MIMP se designo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Secretaria General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; Que, la referida funcionaria ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto por la Ley 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; y, su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP;

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