Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2014 (01/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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CONSIDERANDO: Que, la "Adenda Nº 2 al Acuerdo entre la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura y el Gobierno de la Republica del Peru referente a la creacion y al funcionamiento del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de MORDAZA Latina en MORDAZA (Peru)" fue formalizada mediante intercambio de Notas, Nota CLT/ CEH/ITH/14/027 de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura, de fecha 6 de febrero de 2014, y Nota RE (DGT) Nº 7-6-F/2 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica del Peru, de fecha 14 de febrero de 2014; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento juridico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57 y 118 inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el MORDAZA parrafo del articulo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica a celebrar y ratificar Tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase la "Adenda Nº 2 al Acuerdo entre la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura y el Gobierno de la Republica del Peru referente a la creacion y al funcionamiento del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de MORDAZA Latina en MORDAZA (Peru)", formalizada mediante intercambio de Notas, Nota CLT/CEH/ITH/14/027 de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, la Ciencia y la Cultura, de fecha 6 de febrero de 2014, y Nota RE (DGT) Nº 7-6-F/2 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica del Peru, de fecha 14 de febrero de 2014. Articulo 2º.- De conformidad con los articulos 4 y 6 de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro de la Adenda Nº 2, asi como la fecha de entrada en vigencia. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Articulo 4º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de febrero del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1056056-1

El Peruano Sabado 1 de marzo de 2014

Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion de los citados instrumentos juridicos internacionales; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 56° y 118° inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2 de la Ley Nº 26647 - Establecen normas que regulan actos relativos al perfeccionamiento nacional de los tratados celebrados por el Estado peruano; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Convenio entre la Republica del Peru y la Confederacion Suiza para Evitar la Doble Tributacion en relacion con los Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio" y su Protocolo, que constituye parte integrante del mismo, firmados el 21 de setiembre de 2012, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, y aprobados por Resolucion Legislativa N° 30143, del 27 de diciembre de 2013. Articulo 2°.- De conformidad con los articulos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procedera a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto integro del Convenio y su Protocolo, asi como la fecha de entrada en vigencia. Articulo 3°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de febrero del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1056056-2

Dan por terminada MORDAZA publica de Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, por fallecimiento
RESOLUCION SUPREMA N° 027-2014-RE MORDAZA, 28 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 0007-1974/RE, el Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Negreiros Portella, fue inscrito en el Escalafon Diplomatico con la categoria de Tercer Secretario, a partir del 1 de enero de 1974; Que, el referido funcionario diplomatico fallecio el 17 de diciembre de 2013, conforme se acredita con el Acta de Defuncion expedida por el Consulado General del Peru en Munich, Republica Federal de Alemania; Que, el articulo 2° de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y modificatoria, establece que el Servicio Diplomatico es MORDAZA publica y esta integrado por profesionales especialmente formados en la disciplina de las relaciones internacionales, capacitados para ejercer la representacion diplomatica y consular, asi como promover y cautelar los intereses nacionales en el ambito internacional. En este sentido, el Estado promueve la formacion profesional, entre otros, en los ambitos de la diplomacia economica, de las inversiones, del comercio y el turismo, con el objeto de promover la participacion del Peru en el MORDAZA de integracion economica; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, senala que a los miembros del Servicio Diplomatico se les aplicara en forma supletoria y en tanto no se opongan a las disposiciones de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y a su Reglamento, las normas que regulan la actividad de la Administracion Publica; Que, el articulo 34º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, establece que la

Ratifican "Convenio entre la Republica del Peru y la Confederacion Suiza para Evitar la Doble Tributacion en relacion con los Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio" y su Protocolo
DECRETO SUPREMO N° 008-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Convenio entre la Republica del Peru y la Confederacion Suiza para Evitar la Doble Tributacion en relacion con los Impuestos sobre la Renta y el Patrimonio" y su Protocolo, que constituye parte integrante del mismo, fueron firmados el 21 de setiembre de 2012, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, y aprobados por Resolucion Legislativa N° 30143, del 27 de diciembre de 2013;

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