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El Peruano Sábado 8 de marzo de 2014 518452 Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.º 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N.º 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Fernando Germán Becerra O´Phelan del 24 al 29 de marzo de 2014; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.º 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.º 115-2002- PCM y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del trabajador Fernando Germán Becerra O´Phelan, Gerente (e) de Fiscalización Internacional y Precios de Transferencia de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario del 24 al 29 de marzo de 2014, para que participe en la Tercera Reunión Anual del Foro Mundial sobre Precios de Transferencia de la OCDE, a realizarse en la ciudad de París, República Francesa. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Fernando Germán Becerra O´Phelan Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 2 105,11 Viáticos US$ 2 700,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1058331-1 Autorizan viaje de trabajadora de la SUNAT a Bélgica, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 070-2014/SUNAT Lima, 7 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante correo electrónico de fecha 10 de febrero de 2014, la Dirección de Facilitación y Cumplimiento de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), remite la Carta N° 14.FL-0083E/T.H. emitida por el Secretario General de la OMA, por la cual cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para participar en la Primera Reunión del Grupo de Trabajo de la OMA sobre el Acuerdo de Facilitación de Comercio (GTAFC), que se llevará a cabo en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, los días 11 y 12 de marzo de 2014; Que en la Conferencia Ministerial de Bali, realizada en el mes de diciembre de 2013, los Ministros de Comercio de todos los países miembros de la Organización Mundial del Comercio - OMC, concluyeron la negociación de un Acuerdo sobre Facilitación de Comercio (AFC), a través de la Decisión Ministerial del 7 de diciembre de 2013; Que mediante la Resolución de Dublín, la OMA se comprometió a la efi ciente implementación del AFC, así como a asistir a sus miembros para identifi car sus necesidades, incluyendo el aprovechamiento del fi nanciamiento de los donantes con el fi n de mejorar el fortalecimiento de capacidades y respaldar de esta forma el citado Acuerdo; Que la participación de la SUNAT en la citada reunión, se enmarca dentro de los objetivos estratégicos institucionales de reducir el incumplimiento tributario y aduanero, mejorando los mecanismos de detección de los ilícitos aduaneros, y mejorar la competitividad del país facilitando y modernizando el comercio exterior para garantizar una cadena logística ágil y segura en el proceso de despacho aduanero; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N.° 15-2014- SUNAT/3A0000 de fecha 5 de marzo de 2014, resulta necesario autorizar la participación en el referido evento de la trabajadora Lida Patricia Gálvez Villegas, Gerente (e) de Tratados Internacionales, Valoración y Arancel de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de la trabajadora Lida Patricia Gálvez Villegas del 9 al 13 de marzo de 2014; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002- PCM y normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la trabajadora Lida Patricia Gálvez Villegas, Gerente (e) de Tratados