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El Peruano Domingo 9 de marzo de 2014 518518 comprendido del 11 de marzo al 31 de diciembre de 2014, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; y, para completar el período de duración de la Comisión Especial durante los años 2015 y 2016, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal correspondiente; Que, teniendo en consideración el itinerario del vuelo internacional y con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con un día de anticipación; Que, considerando, la duración de Comisión Especial en el Exterior, el viaje al exterior por decisión del interesado lo realizará en compañía de su señora esposa; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión Especial en el Exterior, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada por el Decreto Supremo N° 056- 2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024- 2009-DE/SG, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior del Vicealmirante (R) José Ernesto CUETO Aservi, identifi cado con DNI N° 06783615, para que se desempeñe como Consejero en Temas de Seguridad Hemisférica, miembro de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos -OEA, con sede en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 11 de marzo de 2014 al 10 de marzo de 2016, autorizando su salida del país el 10 de marzo de 2014; a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 001: Administración General efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos (ida): Lima-Washington D.C. (Estados Unidos de América) US$ 2,531.19 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 5,062.38 Compensación Extraordinaria Mensual por servicio en el extranjero: US$ 7,260.00/31 x 21 días (marzo) US$ 4,918.06 US$ 7,260.00 x 9 meses (abril a diciembre) US$ 65,340.00 Gastos de Traslado (ida) US$ 7,260.00 x 2 compensaciones extraordinarias US$ 14,520.00 -------------------- TOTAL: US$ 89,840.44 Artículo 3°.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4°.- El mencionado personal deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país, Artículo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1059230-4 ENERGIA Y MINAS Aceptan renuncia de Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 136-2014-MEM/DM Lima, 6 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial Nº 520-2011-MEM/ DM se designó a la señorita abogada Tábata Dulce Vivanco Del Castillo, en el cargo de Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confi anza; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señorita abogada Tabata Dulce Vivanco Del Castillo, al cargo de Secretaria General del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1058099-1