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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2014 (13/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Jueves 13 de marzo de 2014 518713 Solicitud de fecha 31 de enero de 2014 del Mayor FAP (R) ROMAIN NILBER FLOR VERA. CONSIDERANDO: Que, el Mayor FAP (R) ROMAIN NILBER FLOR VERA, presenta el diagnóstico de SECUELA DE AMPUTACIÓN TRAUMÁTICA CIE: S88.9 – PROTESIS TIPO AK MIEMBRO INFERIOR IZQUIERDO, a consecuencia de un accidente aéreo (caída de helicóptero en vuelo militar), ocurrido en Acto del Servicio el 28 de febrero de 2007; Que, con las Resoluciones Supremas Nº 033-2011-DE/ FAP de fecha 26 de enero de 2011, Nº 129-2012-DE/FAP de fecha 27 de marzo de 2012 y Nº 121-2013-DE de fecha 03 de abril de 2013, se autorizaron los viajes al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado del Mayor FAP (R) ROMAIN NILBER FLOR VERA, en compañía de su señora madre RUTH ANDREA VERA DE FLOR, a la Compañía Ortopédica ADVANCED MOTION CONTROL INC., en la ciudad de Miami, Estado de Florida – Estados Unidos de América; Que, de acuerdo con la carta de fecha 30 de mayo de 2013 del Gerente General de la Compañía Ortopédica ADVANCED MOTION CONTROL INC., el Mayor FAP (R) ROMAIN NILBER FLOR VERA, deberá retornar a la referida Compañía Ortopédica a partir del 02 de abril del presente año, por un periodo de tres (03) semanas, para que se le efectúe el cambio de “socket” y se le confeccione uno nuevo, con la ¿ nalidad de prevenir complicaciones con el estado de su muñón; Que, mediante el Acta Junta de Sanidad Nº 0644 de fecha 11 de octubre de 2013, la Junta de Sanidad de la Fuerza Aérea del Perú, recomienda que el citado O¿ cial viaje a la ciudad de Miami, Estado de Florida - Estados Unidos de América, en el mes de abril del presente año, en compañía de un familiar, por un período de tres (03) semanas, a ¿ n de que se le efectúe el cambio de “socket” y se le confeccione uno nuevo en la Compañía Ortopédica ADVANCED MOTION CONTROL INC.; Que, de acuerdo a lo solicitado por el Mayor FAP (R) ROMAIN NILBER FLOR VERA, el viaje a la ciudad de Miami, Estado de Florida - Estados Unidos de América, del 02 al 22 de abril de 2014, para el cambio de “socket” y confección de uno nuevo en la Compañía Ortopédica ADVANCED MOTION CONTROL INC., lo realizará en compañía de su señora esposa MILAGROS ELVIRA REDHEAD ARCE DE FLOR, para la asistencia durante la terapia física y el tratamiento respectivo; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el objeto de garantizar la presencia del Mayor FAP (R) ROMAIN NILBER FLOR VERA durante la totalidad del referido tratamiento médico, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que éstos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG del 26 de enero de 2004 “Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa”, establece que el Personal Militar en Situación de Disponibilidad o Retiro cuya lesión o afección ha sido contraída en Acción de Armas o en Acto, con ocasión o como consecuencia del Servicio y cuyo estado de salud requiera necesariamente Tratamiento Médico Altamente Especializado, podrá ser evacuado al extranjero, sujeto a disponibilidad presupuestal, para lo cual deberá contar previamente con el peritaje médico e informe de la Junta de Sanidad de la Institución Armada respectiva; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modi¿ cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modi¿ catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado, del Mayor FAP (R) ROMAIN NILBER FLOR VERA, NSA: O-9591491 DNI: 09851055, en compañía de su señora esposa MILAGROS ELVIRA REDHEAD ARCE DE FLOR, DNI: 09862137; para que se le efectúe el cambio de “socket” y se le confeccione uno nuevo, en la Compañía Ortopédica ADVANCED MOTION CONTROL INC., en la ciudad de Miami, Estado de Florida – Estados Unidos de América, del 02 al 22 de abril de 2014; así como autorizar su salida del país el 01 de abril de 2014 y su retorno el 23 de abril de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Miami (Estados Unidos de América) - Lima US $ 1,581.00 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $ 3,162.00 Viáticos: US $ 440.00 x 21 días x 01 persona = US $ 9,240.00 Total a pagar = US $ 12,402.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re¿ ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del paciente. Artículo 4º.- El citado O¿ cial, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modi¿ cado con el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1061061-6 Autorizan viaje de Equipo de Inspección a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 106-2014-DE/ Lima, 12 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante O¿ cio Nº 061 -2014-IG/K.3 del 21 de febrero de 2014, la Inspectoría General del Ministerio de