Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2014 (13/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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El Peruano Jueves 13 de marzo de 2014

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario a favor de los pliegos Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a los recursos del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales - FONIE en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014
DECRETO SUPREMO N° 053-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 29792, Ley de creacion, organizacion y funcionamiento del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, compete a este Ministerio formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales en materia de desarrollo e inclusion social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la politica social universal, regular, de competencia sectorial; asi como dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales en materia de desarrollo e inclusion social; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano scal 2013, cuyos alcances han sido ampliados por la Quincuagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano scal 2014, el Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (MIDIS), tiene por nalidad nanciar la elaboracion de estudios de preinversion, la reformulacion de estudios de proyectos de inversion publica que no se encuentren en etapa de ejecucion, la ejecucion de proyectos de inversion publica, y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno Nacional y/o personas juridicas privadas, para la ejecucion de la infraestructura de agua y saneamiento, electri cacion, telecomunicaciones y caminos vecinales, asi tambien para las intervenciones en infraestructura de caminos de herradura, las intervenciones en agua y saneamiento, electri cacion y telecomunicaciones que permitan el acceso de los centros educativos y de salud a tales servicios, y en la fase de post inversion, la operacion de proyectos de inversion publica; en los distritos que se encuentran en los quintiles I y II de pobreza y que cuenten con mas del 50% de hogares en MORDAZA de inclusion conforme a lo determinado por el citado Ministerio, asi como en la MORDAZA del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM), Alto Huallaga y en las zonas de frontera, y en las zonas de in uencia de estos; todo ello con el objeto de cerrar brechas, de cobertura y calidad, de los servicios basicos seleccionados, generando un impacto en el bienestar y mejora de la calidad de MORDAZA en los hogares rurales; Que de acuerdo a lo establecido en el referido articulo 23 de la Ley N° 29951, se dispone que los recursos del FONIE se incorporan o trans eren mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas, y de Desarrollo e Inclusion Social, a propuesta de este ultimo, detallando los estudios de pre inversion y/o proyectos de inversion publica, los montos de nanciamiento y el destinatario de los recursos, segun el procedimiento que se establece en el reglamento del FONIE; Que, en dicho contexto de acuerdo a lo indicado en la Septuagesima Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2014, se autoriza a la

Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas para depositar un monto de hasta CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000 000,00), a favor del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre del 2013; Que, de acuerdo con los articulos 7 y 9 del Reglamento del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2013-MIDIS, compete a la Secretaria Tecnica de Gestion del FONIE, bajo el ambito del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, la funcion de evaluar y aprobar las solicitudes presentadas por los sectores para el nanciamiento de la pre inversion, inversion y/o mantenimiento de las intervenciones, a cuyo efecto elaborara la lista priorizada de las solicitudes aprobadas; Que, mediante Informe N° 010-2014-MIDIS/VMPES/ FONIE/ST, la Secretaria Tecnica de Gestion del FONIE aprobo, en el MORDAZA de sus competencias, una lista consolidada de noventa y cinco (95) intervenciones a ser nanciadas con recursos del FONIE, a favor de los pliegos Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Memorando N° 132-2014-MIDIS/SG/ OGPP, la O cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social-MIDIS, a traves del cual emite opinion favorable sobre el Credito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Publico para el ano scal 2014, a favor de los Pliegos Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano scal 2013, asi como en la Quincuagesima Octava y Septuagesima Novena Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, atendiendo a lo expuesto, el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social mediante O cio N° 245-2014MIDIS-SG, ha solicitado la incorporacion de recursos del FONIE, via Credito Suplementario, para ser destinados, entre otros, al nanciamiento de 92 intervenciones en infraestructura de servicios por un monto total ascendente a OCHENTA Y TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 83 198 106,00), correspondiendo al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la suma de CINCUENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 55 616 406.00), y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la suma de VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL SETECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 27 581 700,00); De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Quincuagesima Octava y Septuagesima Novena Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; y el Reglamento del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2013-MIDIS; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de OCHENTA Y TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 83 198 106,00), para nanciar la ejecucion de 92 intervenciones en infraestructura de servicios, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, la Quincuagesima Octava y Septuagesima Novena Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, y el Reglamento del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales ­ FONIE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-MIDIS, de acuerdo al siguiente detalle:

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