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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2014 (13/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Jueves 13 de marzo de 2014 518714 Defensa, solicita se autorice el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Equipo de Inspección integrado por la doctora Mirtha Luz TISZA BALLENAS, Inspectora General del Ministerio de Defensa y por el O¿ cial Inspector Teniente Coronel EP Héctor Miguel TURIN DE LA PEÑA, para realizar una acción de inspección a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, con sede en la ciudad de Washington D.C. - Estados Unidos de América, del 17 al 21 de marzo de 2014; Que, la mencionada inspección tiene particular importancia en razón que permitirá conocer el trabajo que viene desarrollando la indicada Agregaduría, así como disponer las medidas correctivas y recomendaciones que correspondan; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2014 del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración el itinerario de los vuelos internacionales y con el ¿ n prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con un día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del evento; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; La Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modi¿ catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi¿ catorias; y el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Equipo de Inspección del Ministerio de Defensa, integrado por la doctora Mirtha Luz TISZA BALLENAS, identi¿ cada con DNI Nº 07605117, Inspectora General del Ministerio de Defensa y por el O¿ cial Inspector Teniente Coronel EP Héctor Miguel TURIN DE LA PEÑA, identi¿ cado con DNI Nº 08566052, para realizar una acción de inspección a la Agregaduría de Defensa a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, con sede en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 17 al 21 de marzo de 2014; así como autorizar su salida del país el 16 de marzo y el retorno el 22 de marzo de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al detalle siguiente: Pasajes Lima –Washington D.C. (Estados Unidos de América) – Lima: US$ 2,611.70 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 5,223.40 Viáticos: US$ 440.00 x 2 personas x 5 días US$ 4,400.00 Total: US$ 9,623.40 Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los (15) días calendario a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dicho personal deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047– 2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re¿ ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1061061-7 Autorizan viaje de oficiales EP a Puerto Rico por tratamiento médico altamente especializado RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 107-2014-DE/ Lima, 12 de marzo de 2014 Vistas, la Hoja de Recomendación Nº 005 Y.4.b.1/15.00 y la Hoja de Recomendación Nº 006 Y.4.b.1/15.00, del 07 de febrero de 2014, del Comando de Salud del Ejército. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 451-2013-DE/ del 01 de setiembre de 2013, se resolvió autorizar el viaje al exterior por Tratamiento Médico Altamente Especializado, al Tte Crl EP Max Eduardo ESPINOZA Sánchez y al Cap EP Elard SALINAS Jaguande, para recibir tratamiento alternativo especializado en la CLÍNICA PAIN CENTER DR. OSWALDO FONT – TERAPIA ELECTRONEUROMEDULAR en la ciudad de San Juan - Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por sesenta (60) días, siendo la fecha programada para su cita el 02 de setiembre de 2013; Que, mediante cartas de fecha 22 y 28 de enero de 2014, la CLÍNICA PAIN CENTER DR. OSWALDO FONT – TERAPIA ELECTRONEUROMEDULAR, comunica al Servicio de Medicina Física y Rehabilitación del Hospital Militar Central del Ejército del Perú, que los pacientes Tte Crl EP Max Eduardo ESPINOZA Sánchez y Cap EP Elard SALINAS Jaguande, tienen cita para continuar su tratamiento médico el lunes 17 de marzo de 2014 a las 10.00 y 10.15 horas, respectivamente; Que, con los documentos del visto, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, autoriza la evacuación del Tte Crl EP Max Eduardo ESPINOZA Sánchez y del Cap EP Elard SALINAS JAGUANDE a la CLÍNICA PAIN CENTER DR. OSWALDO FONT – TERAPIA ELECTRONEUROMEDULAR, para realizar tratamiento alternativo especializado, programado para el 17 de marzo de 2014; asimismo autoriza al Tco2 Enf Mil Raúl MAQQUERHUA Álvarez y al Tco2 Enf Mil Humberto Federico ENRIQUEZ Bonifaz, como acompañantes de los citados pacientes, del 17 de marzo al 15 de mayo de 2014; Que, el artículo 13º del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, establece que el personal Militar del Sector Defensa en situación de actividad que contraiga una enfermedad o lesión y no logre su total recuperación por falta de tratamiento especializado en el país, podrá ser evacuado al extranjero para ser tratado en centros de salud Altamente Especializados, sujeto a la disponibilidad presupuestal. Se requerirá previamente un peritaje médico así como el informe de la Junta de Sanidad de la Institución Armada; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778- 2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, prescribe que los Órganos Competentes, Organismos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se