Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2014 (16/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Domingo 16 de marzo de 2014 518986 de Incentivo al Comercio Exterior y Turismo – PREMIO MINCETUR, Edición 2013; Que, mediante Convenios de Colaboración suscritos entre el MINCETUR y la empresa PERURAIL S.A., dicha entidad se comprometió a auspiciar el desarrollo del PREMIO MINCETUR – Edición 2013, antes mencionado, para lo cual la empresa PERURAIL S.A., donó el monto de US$ 8,000.00 (Ocho mil y 00/100 dólares americanos); Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; Que, resulta necesario formalizar la aceptación de la donación antes mencionada; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese la donación dineraria efectuada por la empresa PERURAIL S.A., a favor del MINCETUR, ascendente a la suma de US$ 8,000.00 (Ocho mil y 00/100 dólares americanos), destinada a fi nanciar en parte el VI Concurso Nacional de Incentivo al Comercio Exterior y Turismo – PREMIO MINCETUR, Edición 2013, agradeciéndole por la importante contribución realizada. Artículo 2º.- La Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo es la encargada de realizar las gestiones presupuestarias que se derivan de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1061909-1 Designan representantes titular y alterno del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Comisión Especial que conforma el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 088-2014-MINCETUR Lima, 12 de marzo de 2014 Visto, el Informe N° 002-2014-MINCETUR/VMCE/ ALVMCE y el Memorándum N° 031-2014-MINCETUR/ VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28933 se creó el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, con el fi n, entre otros, de optimizar la respuesta y coordinación al interior del Sector Público frente a las controversias internacionales de inversión, permitiendo una oportuna y apropiada atención; Que, la mencionada Ley dispone que la representación del Estado en las controversias internacionales de inversión estará a cargo de una Comisión Especial, conformante del Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; integrada entre otros miembros, por un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, como miembro no permanente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 248-2012- MINCETUR/DM se designó a los representantes titular y alterno del MINCETUR, ante la referida Comisión Especial; Que, conforme a los documentos del Visto, es necesario actualizar dicha representación; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y la Ley N° 28933, Ley que establece el sistema de coordinación y respuesta del Estado en controversias internacionales de inversión; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al señor Gerardo Antonio Meza Grillo y a la señorita Celia Pamela Beatriz Huamán Linares, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Comisión Especial que conforma el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, creada por la Ley N° 28933. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 248-2012-MINCETUR/DM. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1061198-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan incorporación al Ciclo de Estudios de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar de postulantes que han obtenido promedios aprobatorios en los exámenes del Concurso de Admisión 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0173/RE-2014 Lima, 14 de marzo de 2014 VISTO: El Memorándum (ADP) N° ADP0044/2014, de fecha 12 de marzo de 2014, mediante el cual se adjunta el resultado de los exámenes del Concurso de Admisión, convocado por Resolución Ministerial Nº 1020/RE- 2013, de 7 de diciembre de 2013, para el ingreso a la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, correspondiente al Año Lectivo 2014; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1020-2013- RE, se fi jó hasta un máximo de veinte (20) las plazas vacantes para el Primer Año del Ciclo de Formación Profesional de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar; Que, el inciso a) del artículo 33° del Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 0013-1984- RE, señala que el ingreso a la Academia Diplomática, será por estricto orden de méritos entre los candidatos que hayan alcanzado nota aprobatoria, dentro del número de vacantes establecidas para el Concurso de Admisión; Que, el inciso b) del artículo 33° del referido Reglamento, dispone que la incorporación al Primer Año del Ciclo de Formación Profesional se hará mediante Resolución Ministerial; De conformidad con los incisos a) y b) del artículo 33° del Reglamento Orgánico de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 0013-1984-RE; la Ley N° 29357, Ley