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El Peruano Domingo 16 de marzo de 2014 518989 Consejo de Salud Suramericano de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR”, del 17 al 21 de marzo de 2014. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje del citado profesional en cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes tarifa económica (incluido TUUA) : US$ 2,103.85 - Viáticos por 4 días ($370x4) : US$ 1,480.00 ------------------- TOTAL : US$ 3,583.85 Artículo 3º.- Disponer que el citado funcionario, dentro de los (quince) 15 días posteriores a su retorno, presente ante el Titular de la Entidad, con copia a la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que acudirá; así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1062441-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan a Revisiones Técnicas Señor de los Milagros S.A.C. como Centro de Inspección Técnica Vehicular para operar líneas de inspección técnica vehicular en el departamento de Puno RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 795-2014-MTC/15 Lima, 24 de febrero de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 167830 y 192490 de fecha 14 de noviembre y 27 de diciembre del 2013 respectivamente, la empresa denominada REVISIONES TÉCNICAS SEÑOR DE LOS MILAGROS S.A.C., solicita autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV para operar dos (02) líneas de inspección técnica vehicular: una Tipo Mixta y otra Tipo Combinada, con dirección en Av. Héroes del Pacifico, Salida a Arequipa Km. 1.5, Miraflores Chico, en el Distrito de Juliaca, Provincia de San Román y Departamento de Puno, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias, se aprobó el Reglamento Nacional de Vehículos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, cuya fi nalidad constituye certifi car el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como verifi car que éstos cumplan las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Parte Diario Nº 167830 de fecha 14 de noviembre de 2013, la empresa denominada REVISIONES TÉCNICAS SEÑOR DE LOS MILAGROS S.A.C., en adelante La Empresa, solicita autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular en el local ubicado en: Av. Héroes del Pacifico, Salida a Arequipa Km. 1.5, Miraflores Chico, en el Distrito de Juliaca, Provincia de San Román y Departamento de Puno; Que, mediante Ofi cio Nº 8353-2013-MTC/15.03 de fecha 19 de diciembre de 2013 y notifi cado el día 20 de diciembre de 2013, esta Administración formuló las observaciones pertinentes de la solicitud presentada por la Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para lo cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles a fi n de que subsane adecuadamente los defectos advertidos; Que, con Parte Diario Nº 192490 de fecha 27 de diciembre de 2013, respectivamente, la Empresa presenta diversa documentación con la fi nalidad de subsanar las observaciones señaladas en el ofi cio indicado en el considerando precedente; Que, mediante Informe Nº 159-2014-MTC/15.03. AA.vh, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, opinó que la empresa denominada REVISIONES TÉCNICAS SEÑOR DE LOS MILAGROS S.A.C., cumplió con presentar los requisitos establecidos en el artículo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, para ser autorizada como Centro de Inspección Técnica Vehicular y operar con dos líneas de inspección: una tipo Mixta y otra tipo Combinada, razón por la cual la Dirección General de Transporte Terrestre, emite la Resolución Directoral Nº 437-2014-MTC/15, asimismo, cabe mencionar que ésta no ha sido publicada en el diario Oficial El Peruano, por tanto no ha surtido efectos jurídicos; Que, mediante Informe Nº 408-2014-MTC/15.03. AA.vh, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que La Empresa ha cumplido con presentar la totalidad de los requisitos establecidos en el artículo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicación además los principios de informalismo, presunción de veracidad y privilegio de los controles posteriores contenidos en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, y; Que, de conformidad con la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (05) años a la empresa denominada REVISIONES TÉCNICAS SEÑOR DE LOS MILAGROS S.A.C. como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV para operar con dos (02) líneas de inspección técnica vehicular: una Tipo Mixta y otra Tipo Combinada, en el local ubicado en la Av. Héroes del Pacifi co, Salida a Arequipa Km. 1.5, Mirafl ores Chico, en el Distrito de Juliaca, Provincia de San Román y Departamento de Puno: Artículo Segundo.- La empresa autorizada deberá obtener, dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral, la