TEXTO PAGINA: 20
El Peruano Domingo 16 de marzo de 2014 519002 cuyas etapas han culminado con la entrevista personal al evaluado en sesión pública del 22 de mayo de 2013, habiéndose garantizado el acceso previo al expediente e informe individual para su lectura respectiva, respetando en todo momento las garantías del derecho al debido proceso, por lo que corresponde adoptar la decisión; Tercero: Que, con relación al rubro conducta, El magistrado registra dos medidas disciplinarias fi rmes en su contra, siendo las siguientes: i) Mediante Resolución N° 1110-2010-MP-FN-F-SUPR.CI de 5 de julio de 2010, el Órgano de Control le impuso una multa del 25% de su haber mensual puesto que: a) El 14 de diciembre de 2007, se reunió a almorzar con los Fiscales José Loayza Ventura y Erland Sánchez Díaz; así como, con el abogado Alcibiades Cueva Zumaeta, asesor legal de la Municipalidad de Utcubamba, a pesar de tener conocimiento que el ex Alcalde de dicha comuna, a quien el abogado antes mencionado asesoraba, tenía procesos judiciales pendientes donde intervenía el Fiscal José Loayza Ventura; b) En la misma fecha, y en su condición de Fiscal Adjunto Superior encargado de la Ofi cina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Judicial de Amazonas, debió recabar personalmente las declaraciones de María Rosa Malqui Vilcarromero y Jorge Luis Vásquez Guerrero; sin embargo, se comprobó que no estuvo presente durante las declaraciones de las personas antes mencionadas; y, pese a ello, hizo consignar que sí había participado en estas diligencias; c) Haber permitido el ingreso de una persona extraña al vehículo ofi cial del Ministerio Público; y, d) Haber adjuntado como descargo dentro de dicho proceso disciplinario, cuatro declaraciones juradas conteniendo información falsa. Cabe resaltar, que esta sanción fue confi rmada mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 114-2012-MP-FN-JFS de 6 de septiembre de 2012. Además, como detallaremos más adelante, este hecho también ha dado origen a un proceso penal por delito de falsedad ideológica en contra del citado magistrado, el cual aún continúa en trámite; Es de nuestro menester señalar que estos hechos fueron puestos en conocimiento de la ciudadanía en general, dado que el 7 de diciembre de 2012, mediante una nota titulada “Sancionan a Fiscal Superior de la ODCI Amazonas”, el “Diario Ahora” de circulación en el Departamento de Amazonas dio detalles acerca de la sanción impuesta en contra del magistrado a raíz de los hechos suscitados el 14 de diciembre de 2007; ii) Por otro lado, mediante Resolución N° 044-2008-MP- ODCI-Amazonas de 22 de enero de 2008, se le impuso una amonestación a raíz de que, en su condición de Fiscal Adjunto Superior de la Fiscalía Superior Mixta de Amazonas, injustifi cadamente se excusó de intervenir en la diligencia de reconstrucción de hechos y exhumación de cadáver programada en el expediente número 2005- 0025-010101, lo cual perjudicó el desarrollo del proceso. Resulta pertinente mencionar que esta medida disciplinaria fue confi rmada mediante Resolución N° 1556-2008-MP-F- SUPR.CI de 28 de octubre de 2008; Que, apreciando los hechos por los cuales se le impusieron las medidas disciplinarias, los mismos revelan que el magistrado no ha procedido en el ejercicio de las funciones en observancia de sus deberes que le imponía el cargo; así como, el Código de Ética del Ministerio Público. Los hechos por los cuales fue objeto de multa fueron por graves inconductas, incompatibles con la corrección que debe mantener un Fiscal Adjunto Superior Titular encargado de la Ofi cina Distrital de Control Interno de Amazonas en el momento de ocurrir los hechos. Llegando incluso a aprovecharse de su posición y de la amistad de fi scales y personal auxiliar y administrativo bajo su línea de autoridad en materia de control, para hacer suscribir declaraciones juradas falsas, tal como se sostiene en la Resolución Nº 114- 2012-MP-FN-JFS de la Junta de Fiscales Supremos de 6 de septiembre de 2012, lo que revela un actuar deliberado, permitiendo que en Comisión de Servicios un abogado asesor de un Alcalde que tiene procesos ante el Despacho del Fiscal José Alberto Loayza Ventura se transporte en el vehículo ofi cial y almuerce con ellos, lo que fue difundido a través de los medios de comunicación; así como, permitir que su asistente Mabel Calle Romero dirija y consigne su nombre en las diligencias fi scales programadas; Respecto al mecanismo de participación ciudadana, se han recibido siete cuestionamientos, debiendo resaltar los siguientes: La ciudadana Idelith Pardo Gonzáles informó que hace algunos años atrás el Doctor Félix Wagner Arista Torres la patrocinó en el proceso judicial de divorcio que aquella afrontaba contra su ex esposo, y que a raíz de ello, el citado magistrado tuvo acceso a cierta información que debía mantener en reserva en virtud a la obligación del secreto profesional. Sin embargo, ha tomado conocimiento que en una investigación ante el órgano de control interno el evaluado ha puesto en tela de juicio su honor al vincularla sentimentalmente con el también Fiscal Superior Oswaldo Bautista Carranza, lo cual le ha causado daño a la estabilidad y tranquilidad emocional de su familia; Siendo así, cabe resaltar que en efecto, mediante Informe N° 006-2008-MP-ODCI-AMAZONAS de 6 de octubre de 2008, el doctor Félix Wagner Arista Torres puso en conocimiento del doctor Percy Peñaranda Portugal, Fiscal Supremo Titular de la Fiscalía Suprema de Control Interno, hechos que correspondían a la intimidad de su vida privada de la denunciante, a los que tuvo acceso el magistrado en su condición de abogado del proceso de divorcio de la misma; por lo que, no observó el secreto profesional y mas bien utilizó esa información para denigrar a su ex cliente y lanzar afi rmaciones contra ella sobre su vida personal y una presunta relación amorosa con el Fiscal Superior Oswaldo Bautista Carranza, afi rmaciones sobre las que no se llegó a determinar su veracidad, de lo que hay que concluir que el magistrado tiene un comportamiento contrario a la ética y que no repara en límites cuando se trata de denunciar, como en este caso a un colega suyo; perfi l incompatible con la exigencia de ostentar una trayectoria personal éticamente irreprochable que debe tener un fi scal del Ministerio Público; Por otro lado, el Dr. Oswaldo Bautista Carranza, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, refi rió que el magistrado constantemente desobedece órdenes de sus superiores jerárquicos, que le ha faltado el respeto y que ha mostrado un trato irrespetuoso y soberbio hacia su persona, lo cual se encuentra corroborado en diversos documentos, ejemplo de ello es el Ofi cio N° 958-2009-MP-FN-F- SUPR-CI de 22 de abril de 2009, suscrito por el Dr. Percy Peñaranda Portugal, Fiscal Supremo Titular de la Fiscalía Suprema de Control Interno, y dirigido a la Dra. Gladys Echaiz Ramos, en su condición de Fiscal de la Nación. En este documento se lee lo siguiente: «Tengo el honor de dirigirme a usted, a fi n de manifestarle que tanto el doctor Oswaldo Bautista Carranza, (…) y el doctor Felix Wagner Arista Torres, (…) están en constante confl icto, imputándose unos a otros la comisión de irregularidades y negándose el Adjunto Superior a cumplir los mandatos de su Superior, teniendo este último un trato hostil, una actitud descortés e irrespetuosa contra el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores; actitudes que van en desmedro de la buena imagen de nuestra institución…»; De igual forma, el Dr. Oswaldo Bautista Carranza, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, presentó un nuevo cuestionamiento en contra del magistrado señalando que éste último ha quejado y denunciado en forma reiterada a otros Fiscales de su mismo Distrito Judicial, lo cual ha generado un clima de tensión, zozobra y miedo al interior del Ministerio Público. Además, refi ere que desde que el Dr. Felix Wagner Arista Torres ingresó a laborar en el Ministerio Público, y aún más cuando se desempeñó como Fiscal Superior Provisional y Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control Interno de Amazonas, mostró siempre una actitud de soberbia y persecución contra algunos Fiscales, ejerciendo el cargo en forma arbitraria, y actualmente como Fiscal Adjunto Superior continúa con ese mal proceder, no observando buen trato y lealtad hacia sus compañeros de labores, en abierta contravención al Código de Ética del Ministerio Público. En efecto, de la documentación que acompaña, se advierte que durante los últimos cinco años el evaluado quejó y/o denunció en veintinueve oportunidades a otros magistrados que trabajaban en el mismo Distrito Judicial, siendo que la mayoría de dichas acciones fueron desestimadas o aún se encuentran en trámite; En este orden de ideas, debemos señalar que don Félix Wagner Arista Torres ha recibido cuatro muestras de apoyo a su labor como magistrado. Además, ha acreditado haber recibido nueve reconocimientos, entre los que resaltan aquellos otorgados por la Fiscalía Superior Coordinadora de Amazonas; sin embargo, estos se valoran con reserva ya que de los mismos se advierte que no se está reconociendo alguna actuación específi ca que demuestre un comportamiento sobresaliente dentro