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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2014 (16/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Domingo 16 de marzo de 2014 518995 Ítem TIPIFICACION GRAVEDAD SANCION Tope máx. Multa Ing. Oper. Mensual prom. de EPS 21-C No comunicar o no adjuntar información al recibo de pago del usuario, de acuerdo a lo establecido en el artículo 39 del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento y las que disponga la SUNASS. Muy grave Multa hasta de 500 UIT 20% 21-D Incluir información inexacta en el recibo de pago del usuario. Muy grave Multa hasta de 500 UIT 20% 21-E No reponer el servicio de alcantarillado sanitario cuando se verifi que el cumplimiento de los VMA. Muy grave Multa hasta de 500 UIT 20% F REMISIÓN Y DIFUSIÓN DE INFORMACIÓN 25-A No solicitar al Usuario No Doméstico la presentación anual de la Declaración Jurada de Usuarios No Domésticos, conforme a la normativa vigente. Grave Multa hasta de 250 UIT 10% 25-B No efectuar el registro de los Usuarios No Domésticos. Grave Multa hasta de 250 UIT 10% 25-C No mantener actualizado el Registro de Usuarios No Domésticos. Grave Multa hasta de 250 UIT 10% (*) Para efectos de aplicación de la presente Tabla de Infracciones y Sanciones se entenderá por: - Reiterada.- Aquella acción u omisión de la EPS efectuada dos o más veces en un periodo de 12 meses consecutivos. Artículo 3°- Disponer que lo establecido en el ítem 1-A del Anexo N° 4 “Tabla de Infracciones y Sanciones” del Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, entre en vigencia a los noventa días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial “El Peruano” y en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Artículo 5º.- Disponer la publicación de la exposición de motivos y de la matriz de comentarios en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Regístrese y publíquese. FERNANDO MOMIY HADA Presidente del Consejo Directivo 1062344-1 Admiten a trámite solicitud de aprobación de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de SEDAM HUANCAYO S.A. RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE REGULACIÓN TARIFARIA Nº 001-2014-SUNASS-GRT EXP.: 001-2014-SUNASS-GRT Lima, 14 de marzo de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 058-2014-SEDAM HYO S.A./GG1, mediante el cual SEDAM HUANCAYO S.A., solicita la aprobación de su fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión; CONSIDERANDO: 1. Que, los artículos 17, 18 y 19 del Reglamento General de Tarifas2 establecen que la solicitud de aprobación de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión presentada por la empresa prestadora de servicios de saneamiento debe estar acompañada del Plan Maestro Optimizado (PMO) que sustenta la propuesta, así como reunir los requisitos de admisibilidad y procedencia; 2. Que, la Segunda Disposición Transitoria del Reglamento General de Tarifas3 establece que a partir de octubre de 2008 las empresas prestadoras de servicios de saneamiento deberán adjuntar indefectiblemente a su PMO su propuesta de precios para los servicios colaterales; 3. Que, mediante la Resolución N° 001-2012-SUNASS- GRT se admitió a trámite la solicitud de SEDAM HUANCAYO S.A. de determinación de Precios de los Servicios Colaterales, dándose inicio a los procedimientos contemplados en el Título 4 del Reglamento General de Tarifas; 4. Que, mediante el Ofi cio N° 359-2012-G.G.-SEDAM HYO. S.A., SEDAM HUANCAYO S.A. solicitó integrar el procedimiento de aprobación de los precios de los servicios colaterales con el de aprobación del PMO para el segundo quinquenio regulatorio; 5. Que, se verifi ca que la solicitud de vistos reúne los requisitos de admisibilidad y procedencia exigidos por el Reglamento General de Tarifas; asimismo, SEDAM HUANCAYO S.A.; razones por las cuales corresponde admitir a trámite la solicitud y otorgar a la mencionada empresa prestadora de servicios de saneamiento el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de notifi cada la presente resolución, para ejercer, de estimarlo conveniente, el derecho previsto en el artículo 22 del Reglamento General de Tarifas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Reglamento General de Tarifas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ADMITIR a trámite la solicitud de SEDAM HUANCAYO S.A., de aprobación de: i) Fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión. Artículo 2º.- OTORGAR diez días hábiles a SEDAM HUANCAYO S.A., para solicitar a la SUNASS la celebración de una audiencia preliminar con la fi nalidad de exponer al público en general su propuesta de: i) Fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión contenidas en su Plan Maestro Optimizado. Artículo 2º.- ACUMULAR el procedimiento de determinación de precios de los servicios colaterales iniciado mediante Resolución N 001-2012-SUNASS-GRT al presente procedimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVÁN LUCICH LARRAURI Gerente de Regulación Tarifaria 1 Recibido por la SUNASS el 26 de febrero de 2014. 2 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-SU- NASS-CD. 3 Modifi cada por Resolución de Consejo Directivo N° 052-2007-SUNASS- CD. 1062345-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Modifican denominación de cargos de destino en las Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca y del Santa, aprobados por Res. N° 080-2011- SERVIR-PE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 043-2014-SERVIR-PE Lima, 13 de marzo de 2014