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El Peruano Viernes 21 de marzo de 2014 519293 renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil profesional contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 01 de diciembre de 2014 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 01 de diciembre de 2015 En caso que la Entidad autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 5.8.1 del artículo 5 de la Directiva N° 005-2007-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral N° 14540-2007- MTC/15 y sus modifi catorias, referida a la caducidad de la autorización. Artículo Cuarto.- El ámbito geográfi co de operación de la empresa CENTRO DE DIAGNÓSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - CEDIVE S.A.C., como Entidad Certifi cadora de Conversiones a Gas Licuado de Petróleo - GLP, es a nivel Nacional. Artículo Quinto.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Registro de Propiedad Vehicular de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP adjuntándose el documento que contiene el Registro de Firmas de los Ingenieros Supervisores responsables de la suscripción de los Certifi cados de Conformidad de Conversión a Gas Licuado de Petróleo - GLP. Artículo Sexto.- La empresa CENTRO DE DIAGNÓSTICO VEHICULAR SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - CEDIVE S.A.C., se encuentra obligada a cumplir los dispositivos mencionados en el marco jurídico y de sujetar su actuación a lo establecido en la Directiva Nº 005-2007-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones a Gas Licuado de Petróleo - GLP y de los Talleres de Conversión a Gas Licuado de Petróleo - GLP”, aprobada por Resolución Directoral Nº 14540-2007- MTC/15 y modifi cada por Decreto Supremo Nº 022-2009- MTC. Artículo Séptimo.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la entidad solicitante. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 1061712-1 VIVIENDA Modifican el Manual de Clasificación de Cargos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 087-2014-VIVIENDA Lima, 19 de marzo de 2014 VISTOS: El Memorándum N° 201-2014/VIVIENDA- OGA, el Informe N° 060-2014-VIVIENDA-OGA-UP; el Memorándum Nº 574-2014-VIVIENDA-OGPP, y el Informe N° 012-2014-VIVIENDA-OGPP-UPPR, de las Ofi cinas Generales de Administración y de Planifi cación y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, con la Ley N° 30156, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, por Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, habiendo sido modifi cado por Decreto Supremo N° 045- 2006-VIVIENDA; Que, mediante Resolución Ministerial N° 328-2008- VIVIENDA, se aprobó el Manual de Clasifi cación de Cargos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el artículo 9 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM, los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP son clasifi cados y aprobados por la propia Entidad, dicha clasifi cación de cargos debe contar con los requisitos del caso y se realiza de conformidad con la normativa vigente; Que, el artículo 4 de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, señala que el personal del empleo público se clasifi ca en Funcionario Público, Empleado de Confi anza, el Servidor Público en: Directivo Superior, Ejecutivo, Especialista y de Apoyo; Que, a la fecha es necesario modifi car el Manual de Clasifi cación de Cargos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, antes citado, a efectos de incorporar nuevos cargos los cuales son requeridos por la Ofi cina General de Administración, a través de la Unidad de Personal; Que, mediante Resolución Suprema N° 013-75-PM/ INAP, se aprueba el Manual Normativo de Clasifi cación de Cargos que comprende las normas generales y los procedimientos específi cos para la implementación del Clasifi cador de Cargos de la Administración Pública; Estando a la propuesta de las Ofi cinas Generales de Administración, y de Planifi cación y Presupuesto; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública; y el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el Manual de Clasifi cación de Cargos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Resolución Ministerial Nº 328- 2008-VIVIENDA, con el texto que en Anexo se adjunta, y que forma parte integrante de la presente resolución, a efectos de incorporar diez (10) cargos. Artículo 2.- Las Ofi cinas Generales de Administración y Planifi cación y Presupuesto, realizarán las acciones administrativas que se deriven de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y su Anexo en el Portal Electrónico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1064796-1