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El Peruano Sábado 29 de marzo de 2014 519913 De conformidad con lo dispuesto en el Literal e) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009- MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la abogada María Antonieta Jesús Merino Taboada en el cargo de Secretaria Técnica del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, a partir del 31 de marzo de 2014. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 1068430-1 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Otorgan el derecho para aprovechamiento del recurso natural paisaje con fines turísticos, solicitado por la Empresa Peruvian Safaris S.A., en sector de la Reserva Nacional Tambopata RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 007-2014-SERNANP-DGANP Lima, 4 de Marzo 2014. VISTO: El Informe Final N° 02-2013-SERNANP-CPCCST de fecha 23 de diciembre del año 2013, de la Comisión Permanente encargada de dirigir el proceso de otorgamiento de derecho turístico en el sector La Torre de la Reserva Nacional Tambopata. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se aprobó la creación del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SERNANP como organismo público técnico especializado del Ministerio del Ambiente, constituyéndose en el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SINANPE y en su autoridad técnico-normativa; Que, el artículo 2° de la Ley N° 26834; Ley de Áreas Naturales Protegidas establece que la protección de las Áreas tiene como uno de sus objetivos proporcionar oportunidades para la recreación y el esparcimiento al aire libre, así como para un desarrollo turístico basado en las características naturales y culturales del país; Que, de conformidad con el artículo 19° de la Ley N° 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, los derechos para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales se otorgan a los particulares mediante las modalidades que establecen las leyes especiales para cada recurso natural. En cualquiera de los casos, el Estado conserva el dominio sobre éstos, así como sobre los frutos y productos en tanto ellos no hayan sido concedidos por algún título a los particulares; Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2009- MINAM se aprobó el Reglamento de Uso Turístico en Áreas Naturales Protegidas, el cual precisa en su artículo 2° que el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado-SERNANP, es la autoridad competente para otorgar derechos, en representación del Estado, para la prestación de servicios turísticos relacionados al aprovechamiento económico del paisaje natural, dentro del ámbito de las Áreas Naturales Protegidas, lo cual se rige por la Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento, el Plan Director y las normas del sector; Que, mediante Resolución Presidencial N° 120-2011- SERNANP de fecha 22 de junio del año 2011, se aprobaron las Disposiciones Complementarias al Reglamento de Uso Turístico de Áreas Naturales Protegidas, las cuales regulan de manera específi ca los procedimientos para el otorgamiento de derechos bajo las modalidades de Concesión, Contrato de Servicios Turísticos, Permiso, Autorización y Acuerdo, establecidas en el Decreto Supremo N° 018-2009-MINAM; Que, mediante Decreto Supremo 048-2000-AG se estableció la Reserva Nacional Tambopata ubicada en la provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, con una superfi cie de doscientos setenta y cuatro mil seiscientos noventa hectáreas; Que, mediante Resolución Presidencial N° 242- 2013-SERNANP de fecha 19 de diciembre del año 2013, se recompone la Comisión Permanente encargada de dirigir el Procedimiento de Otorgamiento de Concesiones y Contratos de Servicios Turísticos del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado; Que, mediante Carta S/N de fecha 31 de julio del año 2009, el Señor Max Gunther Doering en representación de la empresa Peruvian Safaris S.A, solicita se le otorgue una concesión para la prestación de servicios turísticos y recreativos en el sector “La Torre” ubicado al interior de la Reserva Nacional Tambopata; Que, mediante Resolución Directoral Nº 043-2012- SERNANP-DGANP de fecha 21 de octubre del año 2012, se resolvió proseguir con el trámite para otorgar la concesión para la prestación de servicios turísticos y recreativos solicitada por la empresa Peruvian Safaris S.A en el ámbito de la Reserva Nacional Tambopata, de conformidad al procedimiento establecido en la Resolución Presidencial Nº 120-2011-SERNANP; Que, mediante Informe N° 135-2013-SERNANP- DGANP de fecha 3 de mayo del año 2013, la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado - DGANP, recomienda remitir todo lo actuado a la Comisión Permanente encargada de dirigir el procedimiento de otorgamiento de concesiones, contratos, de servicios turísticos, a fi n de proseguir con el trámite administrativo; asimismo, establece que de conformidad con lo regulado en la Resolución Presidencial N° 120-2011-SERNANP, corresponde otorgar bajo la modalidad de Concesión el derecho a brindar un conjunto de servicios turísticos a la Empresa Peruvian Safaris S.A al interior de la Reserva Nacional de Tambopata; Que, mediante el Informe del visto, la Comisión Permanente detalla el procedimiento de evaluación de la solicitud presentada, concluyendo y recomendando a la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas otorgar el derecho para el aprovechamiento del recurso natural paisaje con fi nes turísticos, bajo la modalidad de Concesión en el ámbito del Sector de La Torre de la Reserva Nacional Tambopata, para tal efecto, la Comisión Permanente presentó el proyecto de Contrato de Concesión para la Prestación de Servicios Turísticos, así como los Términos de Referencia del Proyecto Turístico Defi nitivo; Con el visto bueno de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso l) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM y de conformidad con la disposición contenida en la Resolución Presidencial N° 031-2010- SERNANP. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar el derecho para el aprovechamiento del recurso natural paisaje con fi nes turísticos, bajo la modalidad de Concesión solicitado por la Empresa Peruvian Safaris S.A, en el sector La Torre de la Reserva Nacional Tambopata, por un plazo de veinte (20) años, el mismo que se contabilizará a partir de la aprobación del proyecto turístico defi nitivo.