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El Peruano Sábado 29 de marzo de 2014 519914 Artículo 2º.- Precisar la zona en la cual la Empresa Peruvian Safaris brindará el servicio turístico autorizado en el Artículo 1° bajo la modalidad de Concesión para la prestación de servicios turísticos, de acuerdo al siguiente detalle: COORDENADAS UTM – WGS 84 Vertice Este Norte 1 468 017,9022 8 580 953,6337 2 468 563,3793 8 581 697,1753 3 468 875,0129 8 581 696,8755 4 471 097,2455 8 582 009,9607 5 471 649,2963 8 582 795,0591 6 472 841,3971 8 582 960,8534 7 474 172,6990 8 582 439,2370 8 474 065,0000 8 581 613,0000 9 469 950,0000 8 580 045,0000 10 468 505,5668 8 578 263,1965 11 467 937,1667 8 580 807,4369 12 468 199,8492 8 580 268,8469 13 468 884,9970 8 580 573,9210 14 469 499,3661 8 581 004,0780 15 469 192,5197 8 581 633,2301 16 468 578,1589 8 581 203,0507 Artículo 3°.- El Contrato de Concesión para la prestación de servicios turísticos en el Sector La Torre de la Reserva Nacional Tambopata que formaliza el otorgamiento del derecho señalado en el artículo primero, deberá ser suscrito en un plazo no mayor de quince (15) días de publicada la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Encargar a la Jefatura de la Reserva Nacional Tambopata el seguimiento y monitoreo de las actividades autorizadas mediante la presente Resolución Directoral. Artículo 5°.- Notifi car la presente Resolución a la Empresa Peruvian Safaris y a la Jefatura de la Reserva Nacional Tambopata. Artículo 6°.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal web institucional: www.sernanp.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA CABELLO MEJÍA Directora de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas SERNANP 1067506-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aceptan renuncia y dejan sin efecto designación de Asesor III de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración Interna RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 094-2014/SUNAT Lima, 28 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia N° 086-2014/SUNAT se designó, con efectividad al 2 de abril de 2014, al señor Félix Roberto Jiménez Murillo en el cargo de Asesor III de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración Interna; Que el citado trabajador ha presentado su renuncia a la Institución, siendo el último día de su vínculo laboral el 1 de abril de 2014; Que en tal sentido, corresponde aceptar la renuncia de dicho trabajador y, en consecuencia, dejar sin efecto la designación efectuada mediante Resolución de Superintendencia N° 086-2014/SUNAT; En uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y los incisos i) y u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Félix Roberto Jiménez Murillo y, en consecuencia, dar por concluido su vínculo laboral con la SUNAT a partir del 2 de abril de 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Dejar sin efecto el artículo 5° de la Resolución de Superintendencia N° 086-2014/SUNAT, en el extremo referido a la designación del señor Félix Roberto Jiménez Murillo en el cargo de Asesor III de la Superintendencia Nacional Adjunta de Administración Interna. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCOS GARCIA INJOQUE Superintendente Nacional (e) 1068478-1 Dejan sin efecto designación y designan fedatarios administrativos titulares y alternos de la Oficina de Control Interno RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 095-2014/SUNAT Lima, 28 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que el artículo 127° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1 que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar la fi delidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que mediante Resolución de Superintendencia N° 118- 2004/SUNAT se designó, entre otros, al señor José Alfredo Quevedo Portalatino como Fedatario Administrativo Titular de la Ofi cina de Control Interno; Que habiéndose producido el cambio del citado trabajador a una unidad organizacional distinta a la Ofi cina de Control Interno, así como un progresivo incremento de la carga administrativa, se ha estimado conveniente dejar sin efecto la designación a que se refi ere el considerando precedente y proceder a designar los nuevos fedatarios administrativos, a efectos de garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a dicho órgano de control; En uso de la facultad conferida en el inciso u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115- 2002-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación del señor José Alfredo Quevedo Portalatino como Fedatario