Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2014 (29/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Sabado 29 de marzo de 2014

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los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de MORDAZA y Titulos emitido por la UNSAAC, esto es: 1) Recibo de MORDAZA por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) MORDAZA de denuncia policial; 3) MORDAZA expedida por el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) MORDAZA Certificada por el Secretario General de la UNSAAC de la Resolucion del Consejo Universitario que confiere el Titulo Profesional de Ingeniero Quimico; 5) Publicacion en un diario de mayor circulacion de la MORDAZA, del aviso de la perdida del diploma; 6) Dos Fotografias tamano pasaporte; 7) Recibo de MORDAZA por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, conforme a dicha peticion, a traves del Informe Nº 035-2013-GT la responsable de Rotulado de Diplomas de MORDAZA y Titulos de la Oficina de Secretaria General de la UNSAAC, informa que revisado la Base de Datos, se encuentra Don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ha optado el Titulo Profesional de Ingeniero Quimico conforme obra en el Libro de MORDAZA y Titulos Nº 2, inscrito en el folio Nº 126 y con Resolucion Nº R-554-77, de fecha 07 de MORDAZA de 1977; Que, asimismo obra en el expediente la conformidad otorgada por la Comision de MORDAZA y Titulos del Consejo Universitario, de fecha 01 de octubre de 2013; Que, en Sesion Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el dia 19 de noviembre de 2013, se puso a consideracion del pleno la peticion presentada por Don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitando duplicado de Diploma que le confirio el Titulo Profesional de Ingeniero Quimico del Programa Academico de Ingenieria Quimica, siendo aprobado por unanimidad; expediente que fue devuelto al interesado para que alcance la Resolucion Nº R-554-77 que le otorgo el Titulo Profesional de Ingeniero Quimico. Que, en fecha 18 de febrero de 2014 el interesado devuelve el expediente subsanando la observacion; Estando a lo solicitado, Ley 29951, MORDAZA del Diploma de Titulo Profesional de Ingeniero Quimico y MORDAZA certificada de la Resolucion Nº R-554-77, Of. Nº 2452013-FIQIMTL y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 23733 y Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- DECLARAR PROCEDENTE la peticion presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre otorgamiento de duplicado de Diploma que le confirio el Titulo Profesional de Ingeniero Quimico, (Programa Academico de Ingenieria Quimica), de la Facultad de Ingenieria Quimica e Ingenieria Metalurgica de la Institucion en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaria General de la Institucion, proceda a la emision de DUPLICADO DE DIPLOMA, POR MOTIVO DE PERDIDA a favor de Don: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, confiriendole el Titulo Profesional de Ingeniero Quimico del Programa Academico de Ingenieria Quimica actualmente Facultad de Ingenieria Quimica e Ingenieria Metalurgica de la UNSAAC, en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDO que en el Diploma a que se refiere el numeral MORDAZA de la presente resolucion, se debera consignar en el margen MORDAZA el sello de DUPLICADO. Cuarto.- DISPONER que la Oficina de Secretaria General a traves del Equipo de MORDAZA y Titulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores un ejemplar de la presente resolucion para el registro respectivo. Quinto.- DISPONER que el Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda con la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. La Oficina de Secretaria General y el Area de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, deberan adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA ZECENARRO MADUENO Rector 1067524-1

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Ratifican convocatoria de ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidor de la Municipalidad Provincial de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION Nº 186-A-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00078 TAMBOPATA - MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA, cuatro de marzo de dos mil catorce. VISTOS los Oficios Nº 001-2013-MPT-SG, Nº 017-2014-MPT-SG y Nº 023-2014-MPT-SG, recibidos con fechas 15 de enero y, 6 y 17 de febrero de 2014, respectivamente, presentados por MORDAZA MORDAZA Nano, secretario general de la Municipalidad Provincial de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, al haberse declarado la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kahn, MORDAZA suspendido de dicha entidad MORDAZA, por la causal de infraccion de las restricciones a la contratacion, prevista en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. ANTECEDENTES En Sesion Extraordinaria Nº 012-2013-CMPT-SEO, de fecha 16 de diciembre de 2013 (fojas 639 a 646), el Concejo Distrital de Tambopata declaro la vacancia de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kahn, MORDAZA suspendido de la citada comuna, por haber incurrido en el supuesto de hecho contemplado en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63, de la Ley Organica de Municipalidades (en adelante LOM). Dicha decision se materializo en el Acuerdo de Concejo Nº 100-2013-CMPT-S.E.O., de la misma fecha. En efecto, en dicha sesion extraordinaria de concejo se declaro la vacancia del citado burgomaestre por haber efectuado cobros indebidos, por concepto de bonificacion por escolaridad, en el mes de febrero de 2011, al MORDAZA de la Resolucion de Alcaldia Nº 112-2011-MPT-A, y en el ano 2012, asi como por haber percibido sumas por concepto de racionamiento, durante los anos 2011 y 2012. Por tal motivo, mediante los Oficios Nº 001-2013MPT-SG, Nº 017-2014-MPT-SG y Nº 023-2014-MPT-SG, recibidos con fechas 15 de enero y, 6 y 17 de febrero de 2014, respectivamente, MORDAZA MORDAZA Nano, secretario general de la Municipalidad Provincial de Tambopata, comunica al MORDAZA Nacional de Elecciones de dicho acuerdo. CONSIDERANDOS 1. De acuerdo al articulo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa. MORDAZA de expedir las credenciales a las que hubiere lugar, corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el articulo 23 de la LOM, y constatar, ademas, si durante el MORDAZA se han observado los derechos y garantias inherentes al debido procedimiento. 2. En el presente caso se advierte que el MORDAZA suspendido MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kahn fue debidamente citado a la sesion extraordinaria, de fecha 16 de diciembre de 2013 (fojas 542 y 628), en la cual se trato el pedido de vacancia presentado en su contra. 3. De igual forma, se observa que el cuestionado burgomaestre fue debidamente notificado con el Acuerdo de Concejo Nº 100-2013-CMPT-S.E.O., de fecha 16 de

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