Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2014 (13/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Martes 13 de MORDAZA de 2014

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DECRETA Articulo 1.- Aprobacion del Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres - PLANAGERD 20142021 Aprobar el Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres ­ PLANAGERD 2014-2021 y que consta de un (01) Objetivo Nacional, seis (06) Objetivos Estrategicos, catorce (14) Objetivos Especificos y cuarenta y siete (47) Acciones Estrategicas, que en Anexo forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2.Implementacion, Seguimiento, Monitoreo y Evaluacion del PLANAGERD 2014-2021 Para la verificacion de la implementacion del PLANAGERD 2014-2021 se aprobara mediante Resolucion Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, un Plan de Seguimiento, Monitoreo y Evaluacion, en un plazo que no podra exceder de ciento ochenta (180) dias habiles contados a partir de la vigencia del presente dispositivo, cuya elaboracion estara a cargo de la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros. Asimismo, se aprobara mediante Resolucion Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, en un plazo que no podra exceder de noventa (90) dias habiles contados a partir de la vigencia del presente dispositivo, una Estrategia de Implementacion del PLANAGERD 2014-2021. El Ente Rector del SINAGERD aprobara los mecanismos, lineamientos y normas complementarias para la ejecucion del PLANAGERD 2014-2021, propuestas por CENEPRED e INDECI de acuerdo a sus competencias, los cuales a su vez brindaran asesoramiento tecnico a las entidades publicas en los tres niveles de gobierno, para la elaboracion y ejecucion de sus correspondientes planes especificos; de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley N° 29664. Articulo 3.- Cumplimiento de la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres Las Entidades Publicas responsables de cumplir con la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, a fin de elaborar y presentar sus evaluaciones semestrales a las que se hace referencia en el Decreto Supremo N° 0272007-PCM y sus modificatorias, deben considerar como lineamientos para la formulacion de sus metas concretas e indicadores de desempeno, las acciones estrategicas contenidas en el Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres - PLANAGERD, aprobado en el articulo 1 del presente dispositivo. Articulo 4.- Financiamiento El costo que genere la aplicacion del presente decreto supremo sera financiado con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 5.- Publicacion El presente Decreto Supremo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano, y el Anexo que contiene el Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres ­ PLANAGERD, sera publicado en el MORDAZA institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) el mismo dia de la publicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 1082134-1

de Gestion del Riesgos de Desastres tiene por objeto establecer las lineas estrategicas, los objetivos y las acciones de caracter plurianual necesarios para concretar lo establecido en la Ley y la Politica Nacional de Gestion de Riesgos de Desastres; asimismo, el numeral 37.2 senala que, en el diseno del Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres se consideran los programas presupuestales estrategicos y otros programas que forman parte de la Estrategia Financiera para la Gestion del Riesgo de Desastres en el MORDAZA del presupuesto por resultado; Que, por Decreto Supremo N° 111-2012-PCM, publicado el 02 de noviembre de 2012, se aprobo la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, como Politica Nacional de obligatorio cumplimiento; esta MORDAZA orienta la actuacion de todos los actores involucrados que interactuan de manera articulada y participativa en la Gestion del Riesgo de Desastres, con la finalidad de proteger la integridad de la MORDAZA de las personas, su patrimonio y propender hacia un desarrollo sostenible del pais; siendo necesario ademas establecer cuales serian los lineamientos para que las entidades publicas responsables de cumplir con la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, puedan formular sus metas concretas e indicadores de desempeno, a fin de elaborar y presentar sus evaluaciones semestrales a las que se hace referencia en el Decreto Supremo Nº 027-2007PCM y sus modificatorias; Que, el inciso c del articulo 10 de la Ley N° 29664, establece que es atribucion de la Presidencia del Consejo de Ministros, desarrollar, coordinar y facilitar la formulacion y ejecucion del Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, junto con los programas y estrategias necesarias para cada proceso; asi como, supervisar su adecuada implementacion, sobre la base de las competencias y responsabilidades que le establecen la Ley y los Reglamentos respectivos; Que, para la formulacion del Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres 2014-2021 se ha tomado en cuenta la propuesta presentada por el Centro Nacional de Estimacion, Prevencion y Reduccion del Riesgo de Desastres ­ CENEPRED y el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, asi como, los aportes del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico - CEPLAN, del Ministerio de Economia y Finanzas - MEF, de acuerdo a lo establecido por los numerales 40.6 y 40.7 del articulo 40 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el SINAGERD, incluyendose los aportes recogidos en los talleres de socializacion, de los Ministerios, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, bajo la coordinacion y articulacion de la Presidencia del Consejo de Ministros a traves de la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres, en su calidad de ente rector del SINAGERD; Que, la propuesta del Plan Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres - PLANAGERD consta de un (01) Objetivo Nacional, seis (06) Objetivos Estrategicos, catorce (14) Objetivos Especificos y cuarenta y siete (47) Acciones Estrategicas; siendo necesario establecer que las mencionadas Acciones Estrategicas del PLANAGERD deben ser consideradas por las Entidades Publicas en la formulacion de sus metas concretas e indicadores de desempeno para el cumplimiento de la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, el Decreto Supremo N° 027-2007PCM y sus modificatorias, MORDAZA que define y establece las Politicas Nacionales de Obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, el Decreto Supremo N° 111-2012-PCM, que aprueba la Politica Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007PCM y modificatorias;

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