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El Peruano Martes 13 de mayo de 2014 523059 Doscientos Noventa y Cinco con 30/100 Nuevos Soles) por concepto de viáticos, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, que modifi ca al Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos. Artículo 3°.- Culminado el viaje del señor Juan Carlos Zamora Fuentes, le corresponde emitir un Informe Técnico y la respectiva Rendición de Cuentas conforme lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva N° 02-2014- ITP/SG “Directiva para la Asignación de Pasajes, Viáticos y Rendición de Cuentas por Comisión de Servicios del Instituto Tecnológico de la Producción”, aprobada mediante Resolución de Secretaría General N° 03-2014- ITP/SG de fecha 17 de enero de 2014. Artículo 4°.- La presente Resolución deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES INÉS CARAZO DE CABELLOS Directora Ejecutiva Científi ca 1082055-2 VIVIENDA Modifican Título III del Reglamento Nacional de Edificaciones DECRETO SUPREMO Nº 006-2014-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es competencia del Ministerio formular, normar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana, para lo cual dicta normas de alcance nacional y supervisa su cumplimiento; Que, el Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA, aprobó el Índice y la Estructura del Reglamento Nacional de Edifi caciones, en adelante RNE, aplicable a las Habilitaciones Urbanas y a las Edifi caciones, como instrumento técnico normativo que rige a nivel nacional, el cual contempla sesenta y nueve (69) Normas Técnicas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2006- VIVIENDA se aprobaron sesenta y seis (66) Normas Técnicas del RNE, comprendidas en el referido Índice, y se constituyó la Comisión Permanente de Actualización del RNE, encargada de analizar y formular las propuestas para la actualización de las Normas Técnicas; precisándose que a la fecha las referidas normas han sido modifi cadas por sendos Decretos Supremos; Que, es preciso señalar que con los Decretos Supremos Nº 001-2010-VIVIENDA y Nº 017-2012-VIVIENDA, se aprobaron dos normas técnicas adicionales, de acuerdo al Índice y a la Estructura del RNE aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-VIVIENDA; y con Decreto Supremo Nº 011-2012-VIVIENDA, se incorporó una nueva norma al citado cuerpo legal; Que, con Informe Nº 002-2013/VIVIENDA/VMVU- CPARNE e Informe Nº 003-2013/VIVIENDA/VMVU- CPARNE, el Presidente de la Comisión Permanente de Actualización del RNE, eleva la propuesta de modifi cación de las Normas Técnicas A.030 “Hospedaje” y A.100 “Recreación y Deportes”; así como, la incorporación de la Norma Técnica EM.110 “Confort Térmico y Lumínico con Efi ciencia Energética” en el RNE, aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA; las mismas que han sido materia de evaluación y aprobación por la mencionada Comisión conforme al Acta de la Cuadragésima Séptima Sesión de fecha 30 de octubre del presente año, que forma parte del expediente correspondiente; Que, conforme a lo señalado por la Comisión Permanente de Actualización del RNE, resulta pertinente disponer la modifi cación e incorporación de las Normas Técnicas a que se refi ere el considerando anterior, a fi n de actualizar su contenido; y, De conformidad con lo dispuesto en numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA modifi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio; DECRETA: Artículo 1.- Modifi cación de las Normas Técnicas A.030 “Hospedaje” y A.100 “Recreación y Deportes” del Reglamento Nacional de Edifi caciones-RNE. Modifícase el contenido de las Normas Técnicas A.030 “Hospedaje” y A.100 “Recreación y Deportes” del Numeral III.1 Arquitectura, del Título III Edifi caciones del Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE, que como Anexos forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Incorporación de la Norma Técnica EM.110 “Confort Térmico y Lumínico con Efi ciencia Energética” al Reglamento Nacional de Edifi caciones – RNE Incorpórase la Norma Técnica EM.110 “Confort Térmico y Lumínico con Efi ciencia Energética” al Numeral III.4 Instalaciones Eléctricas y Mecánicas, del Título III Edifi caciones, del Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Publicación y Difusión El contenido de las Normas Técnicas a que se refi ere el presente Decreto Supremo, serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009- JUS. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de mayo del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento NORMA TÉCNICA A.030 HOSPEDAJE CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1.- La presente norma técnica es de aplicación a las edifi caciones destinadas a hospedaje cualquiera sea su naturaleza y régimen de explotación. Artículo 2.- Las edifi caciones destinadas a hospedaje para efectos de la aplicación de la presente norma se defi nen como establecimientos que prestan servicio temporal de alojamiento a personas y que, debidamente clasifi cados y/o categorizados, cumplen con los requisitos