Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2014 (13/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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El Peruano Martes 13 de MORDAZA de 2014

Encargan funciones de Directora de la Direccion de Capacitacion y Bienestar de la Direccion General de Recursos Humanos del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0562-2014-IN/DGRH MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N" 1209-2012IN/DGRH de fecha 15 de noviembre de 2012, se designo a la Licenciada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Directora de Sistema Administrativo III, Nivel F-4, Directora de la Direccion de Capacitacion y Bienestar de la actual Direccion General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior; Que, la citada funcionaria ha formulado su renuncia al cargo de Directora de la Direccion de Capacitacion y Bienestar de la Direccion General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior; por lo que, resulta pertinente emitir el acto resolutivo mediante el cual se acepte la renuncia; y consecuentemente, se encargue las funciones de dicha Direccion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N" 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo N" 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Decreto Supremo N° 010-2013¬IN, Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar la renuncia presentada por la Licenciada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Director de Sistema Administrativo III, Nivel F-4, Directora de la Direccion de Capacitacion y Bienestar de la Direccion General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Encargar, a partir de la fecha, a la abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Directora de la Direccion de Capacitacion y Bienestar de la Direccion General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior, en adicion de sus funciones de Directora General de la citada dependencia, en tanto se designe a su titular. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 1081767-1

Oficio Nº 837-2014-JUS/OGPP-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 421-2014-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 438-2014-JUS/PPES el Procurador Publico Especializado Supranacional informa que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, decidio convocar, entre otros, al Estado Peruano a una Audiencia publica para el Caso CDH-11.581 "Zulema MORDAZA MORDAZA y otros vs. Peru", la cual se llevara a cabo el dia 22 de MORDAZA de 2014, en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica, citando a las partes a una reunion previa a la celebracion de la audiencia, programada para el dia 21 de MORDAZA de 2014; Que, las referidas actividades convocadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos requieren de la participacion del Procurador Publico Especializado Supranacional y de abogados de la Procuraduria Publica Especializada Supranacional, en representacion del Estado Peruano; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de los eventos MORDAZA referidos, resulta de interes institucional autorizar el viaje del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico Especializado Supranacional, y de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Arbulu Castrillon, abogados de la Procuraduria Publica Especializada Supranacional, para que participen, en representacion del Estado Peruano, en la correspondiente Audiencia y Reunion de Trabajo a realizarse en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica; Que, los gastos que genere dicho viaje seran asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.º 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N.º 011-2012JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N.º 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley N.º 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM, modificado mediante Decreto Supremo N.º 056-2013-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Procurador Publico Especializado Supranacional, y de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Arbulu Castrillon, abogados de la Procuraduria Publica Especializada Supranacional, del 20 al 23 de MORDAZA de 2014, a la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion, seran cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes x 03 Viaticos x 03 x 03 dias TOTAL: US$ 5 729,07 US$ 2 835,00 ------------------US$ 8 564,07

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan viaje de Procurador Publico Especializado Supranacional y abogados de la Procuraduria Publica Especializada Supranacional, a Costa Rica, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 096-2014-JUS MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2014 VISTOS, el Oficio Nº 438-2014-JUS/PPES, de la Procuraduria Publica Especializada Supranacional; el

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la culminacion del viaje, los funcionarios citados en el articulo 1º de la presente Resolucion deberan presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente autorizacion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion.

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