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El Peruano Sábado 17 de mayo de 2014 523380 278.9, 313.9 (en coordenadas UTM 271 006,347 m E y 8 686 982,588 m N), 336.9, 346.7 (en coordenadas UTM 271 283,757 m E y 8 687 005,448 m N), hasta la cota 391.6 (en coordenadas UTM 271 604,234 m E y 8 686 876,336 m N). Desde el último punto, el límite continúa con dirección general Sur por línea de cumbres, pasando por las cotas 361.4 y 431.1 (en coordenadas UTM 271 836,914 m E y 8 686 416,266 m N); y por el punto de coordenadas UTM 271 862,170 m E y 8 686 110,822 m N; hasta llegar a la cumbre de un cerro sin nombre con cota 365.3 (en coordenadas UTM 271 880,937 m E y 8 685 978,088 m N), prosigue por la estribación Sureste de este cerro pasando por la cota 353.3 hasta intersectar con el eje de una vía asfaltada que conduce al distrito de Puente Piedra en un punto de coordenadas UTM 271 976,554 m E y 8 685 822,833 m N; de este último punto el límite continúa en dirección general Sur por la línea de cumbres pasando por las cotas 365.8 (en coordenadas UTM 272 014,640 m E y 8 685 663,420 m N), 358.2, 360.4 (en coordenadas UTM 272 075,147 m E y 8 685 517,598 m N), 407.9 y 465.6 (en coordenadas UTM 272 098,887 m E y 8 684 914,888 m N), luego por el punto de coordenadas UTM 271 991,095 m E y 8 684 679,948 m N; el límite continúa por línea de cumbres pasando por las cotas 527.8, 538.2, 519.8, 531.5 (en coordenadas UTM 272 262,764 m E y 8 684 226,166 m N) y 522.5, hasta llegar al punto de coordenadas UTM 272 200,009 m E y 8 684 109,721 m N; para continuar por las cotas 492.8, 483.9 (en coordenadas UTM 272 339,964 m E y 8 683 927,106 m N), 504.3 (en coordenadas UTM 272 421,464 m E y 8 683 809,366 m N), 480.8, 485.2, 508.2 (en coordenadas UTM 272 317,017 m E y 8 683 449,658 m N), 521.5, 527.2 y 542.6 (en coordenadas UTM 272 140,047 m E y 8 683 223,448 m N), hasta un punto de coordenadas UTM 272 102,230 m E y 8 682 965,307 m N. De este punto, el límite prosigue por línea de cumbres pasando por las cotas 437.7 (en coordenadas UTM 272 036,717 m E y 8 682 785,068 m N), 408.2, 420.9 (en coordenadas UTM 272 027,137 m E y 8 682 553,408 m N), 378.4 (en coordenadas UTM 271 876,087 m E y 8 682 380,738 m N), 363.8, 386.5 (en coordenadas UTM 271 752,897 m E y 8 681 961,838 m N), 377.3, 384.4 y 361.7 hasta llegar al punto de coordenadas UTM 271 537,940 m E y 8 681 838,900 m N; el límite continúa por las cotas 338.3, 323.6 (en coordenadas UTM 271 619,727 m E y 8 681 585,158 m N), 367.4 (en coordenadas UTM 271 593,447 m E y 8 681 372,708 m N), 357.4, 368.5 (en coordenadas UTM 271 562,527 m E y 8 681 128,708 m N), 412.1 (en coordenadas UTM 271 582,607 m E y 8 680 952,358 m N), 351.4 y 353.1, hasta el punto de coordenadas UTM 271 309,727 m E y 8 680 762,497 m N; continúa por la misma línea de cumbres pasando por las cotas 303.4 y 287.5 (en coordenadas UTM 271 130,925 m E y 8 680 625,099 m N), luego por el punto de coordenadas UTM 271 015,828 m E y 8 680 558,785 m N, continúa por las cotas 328.1, 335.8, 328.1, 328.1, 312.2 (en coordenadas UTM 271 006,365 m E y 8 680 290,579 m N), el punto de coordenadas UTM 271 020,243 m E y 8 680 174,214 m N; las cotas 262.4, 277.9 (en coordenadas UTM 270 954,957 m E y 8 679 898,188 m N), 256.0, 290.5 (en coordenadas UTM 270 846,377 m E y 8 679 693,508 m N), 253.8, 250.1, 256.0 (en coordenadas UTM 271 067,527 m E y 8 679 436,208 m N), 250.9 y 255.2; el punto de coordenadas UTM 271 329,991 m E y 8 679 352,219 m N; las cotas 231.4, 249.0 (en coordenadas UTM 271 491,107 m E y 8 679 136,708 m N) y 218.9; luego por el punto de coordenadas UTM 271 555,205 m E y 8 678 768,168 m N; el límite continúa pasando por las cotas 127.0 (en coordenadas UTM 271 721,417 m E y 8 678 678,558 m N), 146.1 (en coordenadas UTM 271 811,437 m E y 8 678 640,888 m N); luego por los puntos de coordenadas UTM 271 794,306 m E y 8 678 538,543 m N; 271 753,523 m E y 8 678 487,551 m N; 271 728,711 m E y 8 678 394,885 m N; y la cota 113.9 (en coordenadas UTM 271 700,737m E y 8 678 253,928 m N), el límite prosigue por la estribación Sureste de este último cerro hasta intersectar con el thalweg del río Chillón en el punto de coordenadas UTM 271 826,932 m E y 8 678 146,784 m N. POR EL SUR: Limita con los distritos de San Martín de Porres de la provincia de Lima y el distrito de Callao de la Provincia Constitucional del Callao El límite se inicia en el punto de coordenadas UTM 271 826,932 m E y 8 678 146,784 m N en el thalweg del río Chillón y continúa en dirección Oeste por el thalweg, hasta el punto de coordenadas UTM 267 072,860 m E y 8 679 253,060 m N, localizado en la desembocadura del mencionado río en el océano Pacífi co. POR EL OESTE: Limita con el océano Pacífi co El límite se inicia en el punto de coordenadas UTM 267 072,860 m E y 8 679 253,060 m N localizado en la desembocadura del río Chillón en el océano Pacífi co. Continúa por el litoral hasta un punto de coordenadas UTM 261 618,035 m E y 8 691 467,785 m N, punto de inicio de la presente descripción. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Representación Cartográfi ca El Gobierno Regional del Callao, la Municipalidad Metropolitana de Lima, las municipalidades involucradas y el Instituto Geográfi co Nacional grafi carán en la Carta Nacional la acción de demarcación a que se refi ere la presente Ley. SEGUNDA. Base de la cartografía La redelimitación territorial entre el distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao con los distritos de Santa Rosa, Ancón, Puente Piedra y San Martín de Porres de la provincia de Lima, en el departamento de Lima, ha sido trazada sobre la base de la cartografía ofi cial elaborada por el Instituto Geográfi co Nacional, a escala 1:5000; sistema de coordenadas WGS84, pertenecientes a la Primera Edición del IGN-2003, en las hojas 15-a (Playa Costa Blanca), 15- b (Ciudadela Pachacútec), 15-c (A.H. Villa Los Reyes), 16-a (Playa Cavero), 16-b (Cooperativa La Unión), 16-c (Agrupamiento Mi Perú), 16-d (Coop. Viv. Víctor A. Belaúnde), 17-b (Humedales de Ventanilla), 17-d (A.H. Ventanilla Alta), 18-b (Playa Márquez), 18-d (Laderas de Chillón), 19-b (Playa Márquez), 19-c (A.H. Márquez), 19-d (Urb. Chillón). TERCERA. Norma derogatoria Deróganse las disposiciones que se opongan a la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación. En Lima, a los treinta días del mes de abril de dos mil catorce. FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Congreso de la República JOSÉ LUNA GÁLVEZ Tercer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros