Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2014 (17/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director Ejecutivo encargado del Proyecto Especial MORDAZA San MORDAZA Bagua, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Encargar, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de la Oficina de Presupuesto y Planificacion del Proyecto Especial MORDAZA San MORDAZA Bagua, la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial MORDAZA San MORDAZA Bagua, hasta la designacion del Titular. Articulo 3.- Notificar la presente Resolucion a las personas naturales mencionadas en los Articulos 1 y 2 de la misma, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1083353-1

El Peruano Sabado 17 de MORDAZA de 2014

Designan representantes titular y alterno del Ministerio de Agricultura y Riego ante la Comision Nacional Permanente Peruana de la Organizacion del Tratado de Cooperacion Amazonica (CNPP/OTCA)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0289-2014-MINAGRI MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio N° 327-2014-MINAGRI-DGFFS, de fecha 02 de MORDAZA de 2014, de la Directora General de la Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre; y, CONSIDERANDO: Que, el Tratado de Cooperacion Amazonica (TCA), suscrito en el mes de MORDAZA del ano 1978, por los paises de Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Peru, Surinam y Venezuela, se constituye en el instrumento juridico que reconoce la naturaleza transfronteriza de la Amazonia; ademas de reafirmar la soberania de los paises amazonicos, incentiva, institucionaliza y orienta el MORDAZA de cooperacion regional entre los mismos. Su objetivo central, es la promocion del desarrollo armonico de la Amazonia, y la incorporacion de sus territorios a las respectivas economias nacionales, lo que es fundamental para el mantenimiento del equilibrio entre crecimiento economico y preservacion del medio ambiente; Que, el articulo XXIII del Tratado de Cooperacion Amazonica, dispone que todos los paises signatarios deben crear Comisiones Nacionales Permanentes encargadas de la aplicacion del referido Tratado en sus respectivos territorios, asi como de la ejecucion de las decisiones adoptadas por las reuniones de los Ministros de Relaciones Exteriores y del Consejo de Cooperacion Amazonica; Que, mediante Decreto Supremo N° 097-2010-RE, se modifico la denominacion de la Comision Nacional Permanente Peruana del Tratado de Cooperacion Amazonica, creada mediante Decreto Supremo N° 01180-RE, modificada a su vez por Decreto Supremo N° 02897-RE, siendo denominada como "Comision Nacional Permanente Peruana de la Organizacion del Tratado de Cooperacion Amazonica (CNPP/OTCA)", aprobandose tambien su estructura; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 044-2012-AG, de fecha 16 de febrero de 2012, se designo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en ese entonces Directora General encargada de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en ese entonces Director de Informacion y Control Forestal y de Fauna MORDAZA, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, ante la Comision

Nacional Permanente Peruana de la Organizacion del Tratado de Cooperacion Amazonica (CNPP/OTCA); Que, mediante Resolucion Ministerial N° 03752013-MINAGRI, se acepto la renuncia presentada por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Directora General de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura y Riego, designandose en su lugar a la senorita MORDAZA Munoz Dodero; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0132-2014MINAGRI, se acepto la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director de Informacion y Control Forestal y de Fauna Silvestre; Que, mediante Oficio del Visto, la Directora General de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, solicita la designacion de nuevos representantes ante la precitada Comision Nacional Permanente; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida la designacion conferida a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura, ante la Comision Nacional Permanente Peruana de la Organizacion del Tratado de Cooperacion Amazonica (CNPP/OTCA), dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar a la senorita MORDAZA MORDAZA Munoz Dodero, Directora General de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, y al senor MORDAZA MORDAZA Scheuch Rabinovich, Director de Informacion y Control Forestal y de Fauna MORDAZA, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura y Riego, ante Comision Nacional Permanente Peruana de la Organizacion del Tratado de Cooperacion Amazonica (CNPP/OTCA). Articulo 3.- Notificar la presente Resolucion a la Comision Nacional Permanente Peruana de la Organizacion del Tratado de Cooperacion Amazonica y a los representantes mencionados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1083353-2

Establecen requisitos sanitarios especificos de cumplimiento obligatorio en la importacion de equinos para reproduccion, competencia o deporte, exposicion o ferias y trabajo procedente de Alemania
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0009-2014-MINAGRI-SENASA-DSA 14 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El INFORME-0018-2014-MINAGRI-SENASA-DSASDCA-MBONIFAZF de fecha 02 de MORDAZA de 2014. CONSIDERANDO: Que, el articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, senala que el ingreso al MORDAZA, como importacion, MORDAZA internacional o cualquier otro regimen aduanero, de plantas y productos vegetales,

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