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El Peruano Sábado 17 de mayo de 2014 523392 Que, mediante Resolución Legislativa N° 26185, el Perú aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC). Asimismo, de acuerdo a la decisión adoptada en el marco de la Reunión Intersesional de la COP19, la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10 se llevarán a cabo en la ciudad de Lima el presente año, eventos cuya realización fueron declarados de interés nacional mediante el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAM; Que, de acuerdo a la Décimo Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 se subscribió el PRODOC para el Proyecto N° 00087130 “Apoyo a la generación de capacidades para la organización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10, sus actividades y eventos conexos”, por el cual se transfi rieron recursos del Ministerio del Ambiente al PNUD; Que, mediante Resolución Ministerial N° 264-2013- MINAM se conformaron equipos de trabajo para la realización de los eventos antes mencionados, entre ellos, el Equipo de Trabajo del Frente Público, el cual se encarga de la interacción con actores de la sociedad civil (no gubernamentales) y de los poderes del Estado interesados en el proceso de la COP20 y CMP10, en virtud de que el proceso formal de negociación está acompañado por diversos grupos de la sociedad civil como observadores de la Convención, tanto a nivel nacional como internacional; Que, para facilitar dicho trabajo, se han identifi cado espacios y procesos nacionales e internacionales de particular envergadura, con activa participación de estos actores. Un espacio internacional de fundamental importancia lo constituye el “1er. Encuentro de Experiencias y Estrategias REDD+ Indígena Amazónico (RIA) y su proyección en la COP20 – CMNUCC”, constituye una oportunidad para tomar contacto con estas plataformas de gobiernos subnacionales e instituciones internacionales de la sociedad civil, conocer sus procesos y experiencias, frente a la COP20; Que, el artículo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, exceptuándose los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, en tal sentido, la asistencia y participación de la señora Claudia María Gálvez-Durand Besnard, Ofi cial de Enlace con Pueblos y Organizaciones Indígenas (POI) del Proyecto ID 00087130, en dicho evento se encuentra subsumido en la excepción establecida por el artículo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 30114, en razón a que el viaje se efectuará en el marco de la organización y negociación de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10, por tanto, es de especial interés para el Ministerio del Ambiente; Que, en consecuencia, resulta conveniente autorizar el viaje de la mencionada profesional, cuyos gastos serán cubiertos con los recursos transferidos al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD); Con el visado del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley N° 27619 y sus modifi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción y en comisión de servicios, el viaje al exterior de la señora Claudia María Gálvez-Durand Besnard, Ofi cial de Enlace con Pueblos y Organizaciones Indígenas (POI) del Proyecto ID 00087130, a la ciudad de Rio Branco – República Federativa del Brasil, del 17 al 23 de mayo de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes y viáticos, que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con los recursos transferidos del Ministerio del Ambiente al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en el marco del Proyecto N° 00087130 “Apoyo a la generación de capacidades para la organización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10, sus actividades y eventos conexos, de acuerdo al siguiente detalle Pasajes aéreos S/. 300.57 Viáticos S/. 2,223.71 Artículo 3º.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, la profesional cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1º de la presente resolución, deberá presentar un Informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente, así como entregar un ejemplar de los materiales de trabajo obtenidos. Artículo 4º.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1083957-1 Declaran en Emergencia Ambiental la parte baja de la cuenca del río Marañón RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 136-2014-MINAM Lima, 15 de mayo de 2014 Visto, el Memorando N° 131-2014-VMGA-MINAM del Viceministerio de Gestión Ambiental; así como el Informe Técnico N° 0160-2014-DGCA-VMGA/MINAM de la Dirección General de Calidad Ambiental, y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 28º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, dispone que en caso de ocurrencia de un daño ambiental súbito y signifi cativo ocasionado por causas naturales o tecnológicas, el Consejo Nacional del Ambiente – CONAM, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil y el Ministerio de Salud u otras entidades con competencia ambiental, debe declarar la Emergencia Ambiental y establecer planes especiales en el marco de esta Declaratoria; Que, según la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, toda referencia hecha al Consejo Nacional del Ambiente – CONAM, o a las competencias, funciones y atribuciones que éste venía ejerciendo, se entenderá como efectuada al Ministerio del Ambiente; Que, el segundo párrafo del artículo 1º de la Ley N° 28804, Ley que regula la Declaratoria de Emergencia