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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2014 (29/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Jueves 29 de mayo de 2014 524013 PODER EJECUTIVO AMBIENTE Designan representante alterno del Ministro del Ambiente ante la Comisión Multisectorial encargada de elaborar el “Plan Perú - Compromiso Climático” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 144-2014-MINAM Lima, 26 de mayo de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 163-2014- PCM, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el “Plan Perú-Compromiso Climático”, adscrita al Ministerio del Ambiente, instrumento que deberá contener medidas concretas que generen efectos ambientales y sociales positivos dando muestra del compromiso político que asume el Estado Peruano en el “Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”; así como en el marco de su rol de anfi trión de la “Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20”, y la “Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10”; Que, el artículo 5º de la citada Resolución Suprema establece que la Comisión Multisectorial estará conformada, entre otros, por el Ministro del Ambiente, quien la presidirá, siendo que se puede designar un representante alterno mediante Resolución Ministerial, dentro del plazo de tres días (3) días contados a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada Resolución Suprema; por lo que, resulta necesario emitir el respectivo acto resolutivo; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; y, la Resolución Suprema Nº 163-2014-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Gabriel Quijandría Acosta, Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, como representante alterno del Ministro del Ambiente ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el “Plan Perú-Compromiso Climático”, creada por Resolución Suprema Nº 163-2014-PCM. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1088959-1 Reconocen el Área de Conservación Privada (ACP) Espíritu del Monte, ubicada en el departamento de Madre de Dios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 146-2014-MINAM Lima, 26 de mayo de 2014 Visto; el Ofi cio Nº 121-2014-SERNANP-J de 23 de abril de 2014, remitido por el Jefe del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, y demás antecedentes relacionados a la solicitud presentada por don Martin Hans Schmidt Hennig, sobre reconocimiento del Área de Conservación Privada (ACP) Espíritu del Monte; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, el artículo 12º de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que los predios de propiedad privada podrán, a iniciativa de su propietario, ser reconocidos por el Estado, en todo o en parte de su extensión, como Áreas de Conservación Privada, siempre que cumplan con los requisitos físicos y técnicos que ameriten su reconocimiento; Que, el artículo 70º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establece que constituyen Áreas de Conservación Privada aquellos predios de propiedad privada que por sus características ambientales, biológicas, paisajísticas u otras análogas, contribuyen a complementar la cobertura del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, aportando a la conservación de la diversidad biológica e incrementando la oferta para investigación científi ca y la educación, así como de oportunidades para el desarrollo de turismo especializado. Las Áreas de Conservación Privada pueden zonifi carse en base a lo establecido por la Ley; Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, el Ministerio del Ambiente – MINAM, tiene como función específi ca dirigir el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE; asimismo, a través del numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, adscrito al MINAM, como ente rector del SINANPE; Que, las funciones de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas del entonces Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA, fueron absorbidas por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo 42º y el numeral 71.1 del artículo 71º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, las Áreas de Conservación Privada se reconocen mediante Resolución Ministerial del Ministerio del Ambiente, a solicitud del propietario del predio y a propuesta del SERNANP, en base a un acuerdo con el Estado, a fi n de conservar la diversidad biológica en parte, o la totalidad de dicho predio, por un período no menor a diez (10) años, renovables; Que, la Resolución Presidencial Nº 144-2010- SERNANP de 14 de agosto de 2010, a través de la cual se aprueban las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Áreas de Conservación Privada, son aplicables al procedimiento en curso por encontrase vigentes a la fecha de presentación de la solicitud sobre reconocimiento del Área de Conservación Privada; Que, mediante los documentos con Registros Nº 017161-2013, Nº 023589-2013 y Nº 26923-2013, don Martin Hans Schmidt Hennig solicita al SERNANP el reconocimiento del Área de Conservación Privada Espíritu del Monte, por el período de diez (10) años, sobre una superfi cie parcial de cuarenta hectáreas y cuarenta y cuatro metros cuadrados (40.0044 ha), conforme al Plano y Memoria Descriptiva adjunta al respectivo Expediente Técnico, la cual se encuentra ubicada en el distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios; cuyo derecho se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 05003069 de la Ofi cina Registral de Madre de Dios de la Zona Registral Nº X – Sede Cusco; Que, mediante los Informes Nº 038-2014-SERNANP- OAJ de 27 de marzo de 2014 y Nº 053-2014-SERNANP- DDE de 20 de enero de 2014, emitidos por la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Dirección de Desarrollo Estratégico del SERNANP, respectivamente, se indica que el área propuesta cumple con los requisitos técnicos y legales establecidos en las Disposiciones Complementarias para el Reconocimiento de las Áreas de Conservación