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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2014 (29/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Jueves 29 de mayo de 2014 524015 visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de la República Federativa del Brasil detallado a continuación, del 1 de julio al 5 de octubre de 2014, a fi n que participen en el Curso Avanzado de Artillería, Curso Avanzado de Comunicaciones, Curso Avanzado de Caballería, Curso Avanzado de Infantería y el Curso Avanzado de Ingeniería a cargo del Ejército del Perú. 1. Capitán Joao Paulo CARVALHO De Alencar 2. Capitán Joao Paulo DINIZ Guerra 3. Capitán Alexandre LEPRI De Medeiros 4. Capitán Jefferson DE ARAUJO Ayala 5. Capitán Abner DE OLIVEIRA e Silva Junior Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1088975-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca, para el financiamiento de un proyecto de inversión pública en infraestructura deportiva DECRETO SUPREMO Nº 120-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM, establece que corresponde al Instituto Peruano del Deporte, en coordinación con los organismos del Sistema Deportivo Nacional, formular e impartir la política deportiva, recreativa y de educación física. Asimismo, organiza, planifi ca, promueve, coordina, evalúa e investiga a nivel nacional el desarrollo del deporte, la recreación y la educación física en todas sus disciplinas, modalidades, niveles y categorías; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que los recursos públicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los gobiernos regionales o los gobiernos locales se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; Que, el numeral 11.2 del referido artículo señala que, previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); y que dicha transferencia sólo se autoriza hasta el segundo trimestre del año fi scal 2014; asimismo, señala que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verifi cación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los recursos, así como del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública; Que el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modifi catoria, establece que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modifi caciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa; señalando que dichas transferencias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante Decreto Supremo Nº 128-2013- EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de UN MILLON NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 939 846,00), para fi nanciar la ejecución de ocho (08) Proyectos de Inversión Pública en Infraestructura Deportiva a cargo de cuatro (04) Gobiernos Locales; de los cuales UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 550 000,000) correspondieron al fi nanciamiento de la ejecución del Proyecto de Inversión Pública con código SNIP Nº 172619 “Ampliación y Mejoramiento de la Infraestructura del Estadio IPD en la Localidad de Nueva Cajamarca, Distrito de Nueva Cajamarca - Rioja - San Martín” (Primera Etapa), a cargo de la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca; Que, mediante Ofi cio Nº 116-2014-SG/IPD, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) solicita al Ministerio de Educación la aprobación de una Transferencia de Partidas a favor de la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca, para la continuidad de la ejecución del proyecto de inversión pública en infraestructura deportiva con código SNIP Nº 172619 “Ampliación y Mejoramiento de la Infraestructura del Estadio IPD, en la Localidad de Nueva Cajamarca, Distrito de Nueva Cajamarca - Rioja - San Martín” (Segunda Etapa), para lo cual, la Ofi cina de Presupuesto y Planifi cación de la citada entidad, a través del Informe Nº 036-2014-OPP/IPD, señala que el citado proyecto de inversión pública cuenta con declaratoria de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), se ha suscrito el correspondiente convenio y además se cuenta con la disponibilidad presupuestal en el presupuesto institucional del pliego IPD, hasta por la suma de SIETE MILLONES SEISCIENTOS UN MIL SETECIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 601 703,00) para fi nanciar la referida Transferencia de Partidas; lo cual es ratifi cado por la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 142-2014-MINEDU/ SPE-UP; Que, en el marco de lo indicado en los considerandos precedentes, mediante Ofi cio Nº 0931-2014-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educación solicita la transferencia de partidas del Pliego Instituto Peruano del Deporte, a favor de la Municipalidad Distrital de Nueva Cajamarca, para fi nanciar la continuidad de la ejecución del proyecto de inversión pública en infraestructura deportiva con código SNIP Nº 172619 “Ampliación y Mejoramiento de la Infraestructura del Estadio IPD, en la Localidad de Nueva Cajamarca, Distrito de Nueva Cajamarca - Rioja - San Martín” (Segunda Etapa), hasta por la suma de SIETE MILLONES SEISCIENTOS UN MIL SETECIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 601 703,00); en tal sentido, resulta necesario autorizar la citada transferencia de partidas;