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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (04/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

El Peruano Martes 4 de noviembre de 2014 536760 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje de comitiva oficial y de apoyo que acompañará al Presidente de la República durante su viaje a la Federación de Rusia, República Popular China y Ciudad del Vaticano RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 379-2014-PCM Lima, 4 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará del 5 al 16 de noviembre de 2014, con el objeto de realizar una visita ofi cial a la Federación de Rusia; participar en la XXII Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífi co (APEC) que tendrá lugar en la ciudad de Beijing donde sostendrá reuniones bilaterales con líderes de las principales economías miembros de APEC; realizar una visita de trabajo a la República Popular China; y efectuar una visita a la Ciudad del Vaticano, Santa Sede, a fi n de sostener una audiencia con Su Santidad, el Papa Francisco; Que, conforme con lo establecido en el artículo 10º de la Ley Nº 30114 y artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, corresponde autorizar el viaje de los funcionarios públicos que integran la comitiva ofi cial y de apoyo que acompañará durante su recorrido al señor Presidente de la República en lo que respecta al Despacho Presidencial, así como el monto de los gastos que irrogará el citado viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva ofi cial y de apoyo que acompañará al señor Presidente de la República durante su viaje a la Federación de Rusia, vía París, República Francesa; a la Ciudad de Beijing, República Popular China; y a la Ciudad del Vaticano, del 4 al 16 de noviembre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, la que está integrada por los siguientes funcionarios: - Consejero en el Servicio Diplomático de la República Ricardo José Ynouye Arévalo, Director General de Protocolo del Despacho Presidencial. - Cynthya Montes Llanos, Secretaria de Prensa. - Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Omar Salvatierra Robles, funcionario de la Ofi cina de Protocolo. - Jaime Antonio Herrera Arce, Supervisor de la Dirección de Operaciones del Despacho Presidencial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de los funcionarios a que se refi ere la presente Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, a razón de US$ 540.00, por cinco días durante su permanencia en la Federación de Rusia; US$ 500.00, por cuatro días durante su permanencia en la República Popular China y US$ 540.00, por un día de permanencia en la Ciudad del Vaticano, por concepto de viáticos diarios por persona; y por concepto de pasaje aéreo del funcionario Ricardo José Ynouye Arévalo, un monto de US$ 3,685.37, (incluido TUUA) según itinerario de viaje. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios a que se refi ere el artículo primero deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1159641-1 Autorizan viaje de miembros del equipo periodístico del IRTP a la Federación de Rusia, República Popular China y Ciudad del Vaticano, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 380-2014-PCM Lima, 4 de noviembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP, es un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, mediante Resolución Legislativa Nº 30257, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 29 de octubre de 2014, se autorizó al Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, para salir del territorio nacional del 5 al 16 noviembre de 2014, a fi n de realizar una visita ofi cial a la Federación de Rusia; para participar en la XXII Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífi co (APEC) que tendrá lugar en la ciudad de Beijing donde sostendrá reuniones bilaterales con líderes de las principales economías miembros de APEC; realizar una visita de trabajo a la República Popular China; y efectuar una visita al Estado de la Ciudad del Vaticano, Santa Sede, a fi n de sostener una audiencia con su Santidad, el Papa Francisco; Que, en tal sentido, resulta necesario cubrir las incidencias informativas de la participación del señor Presidente de la República en dichos eventos; por lo que, se estima conveniente autorizar el viaje de los señores Bernabé Valenzuela Tapia y Diego Viaña Rosa Pérez, miembros del equipo periodístico del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú – IRTP; Que, el artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modifi catorias, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con