Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2014 (04/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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CONSIDERANDO: Que, en aplicacion de los numerales 5.1 y 8.4 del Reglamento de apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado por la Resolucion Nº 6285-2013, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la apertura de una (01) oficinal especial; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision del Sistema de Seguros "A"; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias y en la Resolucion SBS Nº 6285-2013; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 5829-2014 del 05 de setiembre de 2014; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a MAPFRE PERU MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS la apertura de una oficina especial ubicada en Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 492, distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martin. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MEAVE Intendente General de Supervision de Instituciones de Seguros 1157938-1

El Peruano Martes 4 de noviembre de 2014

para que se les autorice la apertura de una agencia de uso compartido ubicada en Av. Industrial Mz. D, Lote 12, Urbanizacion Industrial, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima; Asimismo, la solicitud presentada por MAPFRE PERU COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS y MAPFRE PERU MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, para que se les autorice el uso compartido de la agencia ubicada en MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 337, distrito de Lince, provincia y departamento de MORDAZA, cuyo traslado fue autorizado mediante la Resolucion SBS Nº 3148-2008; CONSIDERANDO: Que, en aplicacion de los numerales 5.1, 6.1 y 8.4 del Reglamento de apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado por la Resolucion Nº 6285-2013, las empresas solicitantes han cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la apertura de una (01) agencia de uso compartido y el uso compartido de una (01) agencia; Estando a lo informado por los Departamentos de Supervision de Seguros "A" y "B"; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702 y sus modificatorias y en la Resolucion SBS Nº 6285-2013; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 58292014 del 5 de setiembre de 2014; RESUELVE:

Autorizan a Mapfre Peru Compania de Seguros y Reaseguros y Mapfre Peru MORDAZA Compania de Seguros y Reaseguros la apertura de agencia de uso compartido y el uso compartido de agencia, ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 6961-2014 MORDAZA, 21 de octubre de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISION DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por MAPFRE PERU COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS Y MAPFRE PERU MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS,

Articulo Primero.- Autorizar a MAPFRE PERU COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS y a MAPFRE PERU MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, la apertura de una agencia de uso compartido ubicada en Av. Industrial Mz. D, Lote 12, Urbanizacion Industrial, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- Autorizar a MAPFRE PERU COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS y a MAPFRE PERU MORDAZA COMPANIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, el uso compartido de la agencia ubicada en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 337, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima. Articulo Tercero.- La presente Resolucion debera ser notificada a traves de Secretaria General a Mapfre Peru Compania de Seguros y Reaseguros y a Mapfre Peru MORDAZA Compania de Seguros y Reaseguros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MEAVE Intendente General de Supervision de Instituciones de Seguros 1157939-1

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCION

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