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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (11/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

El Peruano Martes 11 de noviembre de 2014 537349 Agencia Dice Debe decir Parcona Av. Pachacutec Yupanqui Nº 800 Esquina con Raul Porras Barrenechea Distrito Parcona, Provincia y Departamento de Ica Av. Pachacutec Yupanqui Nº 800 Distrito Parcona, Provincia y Departamento de Ica Palpa Porta Escribanos Nº 175 Distrito y Provincia de Palpa, Departamento de Ica Calle Portal de Escribanos Nº 175 Distrito y Provincia de Palpa, Departamento de Ica Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FLORES SALAZAR Intendente General de Banca (a.i.) 1160726-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo S.A., la rectificación de la dirección de la agencia Mazamari, ubicada en el departamento de Junín RESOLUCIÓN SBS Nº 7332-2014 Lima, 31 de octubre de 2014 El Intendente General de Microfi nanzas VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo S.A. para que esta Superintendencia autorice la rectifi cación de dirección de la agencia ubicada en el Distrito de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución SBS Nº 3898-2013 de fecha 25.06.2013, se le autorizó a la Caja la apertura de la agencia ubicada en la Av. Del Pangoa Nº 471, distrito de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín; Que, mediante la Constancia de Numeración Nº 026- 2014-SG-DUR/MDM de fecha 16.09.2014, la Municipalidad Distrital de Mazamari, modifi có la numeración de la agencia antes mencionada, siendo ahora la nueva dirección la Av. Del Pangoa Nº 499, distrito de Mazamari, provincia de Satipo, departamento de Junín; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “D”; y, De conformidad con las facultades establecidas en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 6285-2013; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Articulo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Huancayo S.A la rectifi cación de la dirección de la agencia Mazamari, según el siguiente detalle: Dirección Distrito Provincia Departamento Dice Av. Del Pangoa Nº 471 Mazamari Satipo Junín Debe decir Av. Del Pangoa Nº 499 Mazamari Satipo Junín Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 1162054-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Establecen beneficios de regularización de deudas tributarias y administrativas en el distrito ORDENANZA Nº 207-MDC Cieneguilla, 31 de octubre de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE CIENEGUILLA: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de la fecha el Informe Nº 152-2014–GATR-MDC, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; Aprobó la siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIOS DE REGULARIZACION DE DEUDAS TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA Artículo Primero.- Denominación y Alcance Establecer de manera excepcional en la jurisdicción de Cieneguilla, el Régimen de Benefi cios de Regularización de deudas tributarias y administrativas, a favor de personas naturales y jurídicas, que registren deuda vencida por obligaciones tributarias y administrativas que se encuentren en cobranza ordinaria y coactiva. Artículo Segundo.- VIGENCIA Los benefi cios establecidos estarán vigentes desde el día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza hasta el 29 de Noviembre de 2014, fecha en que vencerá y se efectuará el cobro de la totalidad de las obligaciones pendientes, acotando los intereses y reajustes respectivos y la aplicación de la totalidad de las sanciones tributarias y administrativas que ameriten. Artículo Tercero: REGIMEN DE BENEFICIOS La presente Ordenanza aplicará los siguientes benefi cios: 1. Deuda Tributaria a. Condonación del 100% de los intereses moratorios y reajustes correspondientes al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el presente ejercicio 2014, que se encuentren pendientes de pago a la fecha, en cobranza ordinaria y/o coactiva, impugnadas con expedientes en vía administrativa o judicial. b. Condonación del 100% de los intereses moratorios de las cuotas de los convenios o contratos de fraccionamiento vencidos, en cobranza ordinaria y/o coactiva. 2. Multas Tributarias a. Condonación del 100% de la Multa Tributaria siempre que el contribuyente declare y efectúe el pago del Impuesto Predial. b. Condonación del 70% de las Multas Tributarias impuestas que se encuentren registradas, pendientes de pago a la fecha, en proceso de cobranza ordinaria y/o coactiva, impugnadas con expedientes en vía