Norma Legal Oficial del día 28 de noviembre del año 2014 (28/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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donde se verificaran los documentos presentados que se encuentren completos; siendo ingresado, se remitira el expediente a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Control Territorial para la verificacion e inspeccion ocular correspondiente confrontando lo ejecutado en obra con lo graficado en los planos, verificando que se cumplan con los parametros urbanisticos y edificatorios aplicables al inmueble en la fecha de ejecucion de la obra o en todo caso los parametros vigentes en lo que favorezca a la edificacion a regularizar. 3.2 El plazo del tramite de regularizacion es de veinte (20) dias habiles contados a partir de la fecha de ingreso del expediente de regularizacion; el plazo se suspendera cuando se notifique al administrado sobre las observaciones que pudiera adolecer el proyecto, y se reiniciara nuevamente el plazo a la MORDAZA de la subsanacion de las observaciones. 3.3 Si de la verificacion tecnica y administrativa se encontraran observaciones subsanables, se notificara al administrado para que en un plazo no mayor a quince (15) dias habiles cumpla con subsanar dichas observaciones en planos y en obra, caso contrario el procedimiento sera declarado "NO CONFORME" y consecuentemente el procedimiento de regularizacion sera declarado improcedente y se procedera a lo establecido en el articulo 30 de la Ley Nº 29090. 3.4 Si el resultado de la verificacion es "CONFORME", la Municipalidad liquidara los derechos de licencia y la multa a que hubiere lugar, los que deberan ser cancelados por el Administrado para la emision de la Resolucion de Regularizacion de Licencia de Edificacion. Articulo 4º.- De la entrada en vigencia ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Control Territorial y demas areas administrativas, luego de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1169897-3

El Peruano Viernes 28 de noviembre de 2014

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 482-MSS, que otorgo plazo extraordinario para aplicacion de regimen de regularizacion de deudas tributarias
DECRETO DE ALCALDIA Nº 28-2014-MSS MORDAZA de MORDAZA, 20 de noviembre del 2014 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTOS: El Memorandum Nº 687-2014-GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe Nº 850-2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante los cuales se propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 482-MSS, que otorga un plazo extraordinario para la aplicacion del regimen de regularizacion de deudas tributarias que fuera aprobado mediante Ordenanza Nº 469-MSS; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado establece que "Las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia...", Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972, senala que: "Los decretos de alcaldia establecen normas

reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldia; Que, el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 senala que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal"; Que, mediante la Ordenanza Nº 469-MSS, publicada el 17.01.2014, se aprobo el otorgamiento de un beneficio temporal y extraordinario para la regularizacion del pago de deudas tributarias, cualquiera fuera el estado en que se encuentren; Que, mediante Ordenanza Nº 479-MSS, publicada el 19.03.2014, se otorga un plazo extraordinario al regimen de regularizacion de deudas tributarias aprobado mediante Ordenanza Nº 469-MSS, hasta el 31 de marzo de 2014; Que, mediante Ordenanza Nº 482-MSS, publicada el 16.04.2014, se otorga un plazo extraordinario para la aplicacion del regimen de regularizacion de deudas tributarias aprobado mediante Ordenanza Nº 469-MSS, hasta el 30.04. 2014, mediante Decreto de Alcaldia Nº 11-2014-MSS publicado el 30.04.2014, se prorrogo hasta el 30.06.2014, mediante Decreto de Alcaldia Nº 17-2014-MSS publicado el 28.06.2014, se prorrogo hasta el 31.08.2014, mediante Decreto de Alcaldia Nº 23-2014-MSS publicado el 31.08.2014, se prorrogo hasta el 31.09.2014 y con Decreto de Alcaldia Nº 25-2014-MSS del 21.09.2014, se prorrogo hasta el 30.11.2014; Que, la primera parte de la Tercera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 482-MSS dispone de manera expresa: "Facultar al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia de la presente Ordenanza y dictar las disposiciones complementarias para su mejor cumplimiento"; Que, mediante Memorandum Nº 687-2014-GATMSS del 11.11.2014, la Gerencia de Administracion Tributaria remite la propuesta de Decreto de Alcaldia que propone prorrogar hasta el 31.12.2014, la Ordenanza Nº 482-MSS, que otorga un plazo extraordinario para la aplicacion del regimen de regularizacion de deudas tributadas aprobado por la Ordenanza Nº 469-MSS, en razon a que en atencion al breve plazo de la vigencia de la referida MORDAZA y a la respuesta favorable que viene teniendo, es necesario prorrogar su vigencia, a fin de permitir que un mayor numero de contribuyentes pueda acogerse a la misma; Que, mediante Informe Nº 850-2014-GAJ-MSS del 11.11.2014, la Gerencia de Asesoria Juridica, opina que es procedente la emision del proyecto de Decreto de Alcaldia que propone prorrogar hasta el 31.12.2014, la vigencia de la Ordenanza Nº 482-MSS; Que, agrega la Gerencia de Asesoria Juridica, que el citado proyecto se encuentra dentro de los supuestos de exoneracion de publicacion establecidos en el Decreto Supremo Nº 01-2009-JUS, que aprueba el "Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General", la misma que se encuentra tambien recogida en la Directiva Nº 005-2009MSS aprobada por Resolucion Nº 220-2009-RASS, sobre "Publicacion de los Proyectos Normativos en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de Surco"; conforme se aprecia del Memorando Nº 687-2014-GATMSS, que senala que la finalidad de la propuesta no involucra la creacion de tributos u obligaciones para los contribuyentes, ni recorte alguno de los derechos y/o beneficios ya existentes; sino por el contrario constituye un beneficio a favor de los vecinos; Estando a lo expuesto en el Informe Nº 850-2014GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades senaladas en el numeral 6) del Articulo 20º y el Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972;

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