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El Peruano Martes 7 de octubre de 2014 534308 Alterno: Teniente Primero Eduardo Carlos ATKINS Tirado DNI. 40044732 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1146875-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan suscripción de la adenda al contrato autorizado mediante R.M. Nº 185-2013-EF/43 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 328-2014-EF/43 Lima, 6 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Texto Único Ordenado (T.U.O.) de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado para contratar los servicios de asesoría legal y fi nanciera y de otros servicios especializados, vinculados directa o indirectamente al objeto de la citada Ley, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante decreto supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2006-EF y sus modifi catorias, se aprobó el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el marco de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, en el numeral 8.2 del artículo 8 de la citada norma, se establece que se consideran servicios vinculados indirectamente a las operaciones de endeudamiento público o de administración de deuda, para efectos de lo dispuesto en el numeral 46.1 del artículo 46 de la Ley General, entre otros, los servicios de CAVALI; Que, por su parte, el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 033-2006-EF, señala que la contratación del servicio señalado en el considerando precedente, será efectuada por la Ofi cina General de Administración a requerimiento de la Dirección Nacional de Endeudamiento Público, hoy Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; Que, asimismo el numeral 9.1 del artículo 9 del precitado decreto supremo dispone que cuando los servicios son prestados por proveedores únicos, la Ofi cina General de Administración procederá a su contratación directa, previo a lo cual deberá cumplirse con realizar las acciones que dicho numeral señala, agregando la Segunda Disposición Final que la interpretación de las disposiciones contenidas en dicho Procedimiento es competencia de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público hoy Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público; Que, con Resolución Ministerial Nº 185-2013-EF/43 se aprobó el contrato referido a “Servicios con Participantes”, a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa CAVALI S.A. I.C.L.V. Asimismo, se autorizó al Director General de la entonces Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos para que en representación del Ministerio de Economía y Finanzas suscriba el contrato referido; Que, con fecha 1 de julio de 2013, el Director General de la entonces Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos y la empresa CAVALI S.A. I.C.L.V. suscribieron el contrato para la prestación de “Servicios con Participantes”; Que, con Resolución Ministerial Nº 310-2013- EF/43, se aprobó la Adenda al contrato de “Servicios con Participantes”, a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa CAVALI S.A. I.C.L.V; Que, con fecha 14 de noviembre de 2013, se suscribió la Adenda al contrato de “Servicios con Participantes”, para que el Ministerio de Economía y Finanzas acceda a los servicios de liquidación en la colocación primaria de Letras del Tesoro Público que emita; Que, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, órgano rector del Sistema Nacional de Endeudamiento, en el Informe Nº 008-2014-EF/52.09, señala las razones que justifi can la suscripción de la Adenda Nº 2 al contrato de “Servicios con Participantes” suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y CAVALI; Que, el Jefe de la Ofi cina de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración, ha elaborado el Informe Nº 519-2014-EF/43.03, conjuntamente con el proyecto de adenda al contrato; y De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563 – Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-EF y el Procedimiento para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal y Financiera Especializados en el marco de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 033-2006-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Director General de la Ofi cina General de Administración para que en representación del Ministerio de Economía y Finanzas suscriba la adenda al contrato, cuya contratación fue autorizada a través de la Resolución Ministerial Nº 185- 2013-EF/43. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1147249-1 Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSIÓN a la India, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 329-2014-EF/10 Lima, 6 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660 se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN como Organismo Público adscrito al sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, los días 16 y 17 de octubre de 2014 se llevará a cabo el evento denominado “Cónclave de Inversión India – Latinoamérica y el Caribe”, en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India, habiéndose previsto la participación de PROINVERSIÓN en las sesiones sobre Agroindustria y “Focus Country” a realizarse el 17 de octubre de 2014, lo que permitirá una mayor exposición del país y de la cartera de proyectos de inversión a cargo de PROINVERSIÓN; Que, PROINVERSIÓN se encontrará representada en el citado evento, por su Director Ejecutivo (e), señor Carlos Alberto Herrera Perret, con la fi nalidad de fomentar el interés de los inversionistas extranjeros en