Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2014 (07/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Martes 7 de octubre de 2014

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Articulo 4°.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014. Articulo 5º.- El monto de la Compensacion Extraordinaria mensual sera reducida, por la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al MORDAZA parrafo del numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Articulo 6º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total {pde dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 7º.- El Oficial Subalterno designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 8º.- El mencionado Personal MORDAZA, revistara en la Direccion General de Educacion de la MORDAZA, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 9º.- El citado Oficial Subalterno, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la normativa de la materia. Articulo 10º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Suprema Nº 159-2014-DE/MGP, de fecha 16 de MORDAZA de 2014, mediante el cual se autorizo el viaje al exterior en Mision de Estudios del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe en el Curso Especial de Buceo Saturado (C-ESP-MGSAT), a realizarse en el Centro de Instruccion y Adiestramiento MORDAZA Attila Monteiro Ache (CIAMA), MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, del 21 de MORDAZA al 30 MORDAZA de 2014. Articulo 2º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 01015126, DNI. 41495147, para que participe en el Curso Especial de Buceo Saturado (C-ESP-MGSAT), a realizarse en el Centro de Instruccion y Adiestramiento MORDAZA Attila Monteiro Ache (CIAMA), MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, del 6 de octubre al 28 de noviembre de 2014. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aereos: MORDAZA - Rio de Janeiro (Republica Federativa del Brasil) - MORDAZA US$ 1,350.00

US$ 1,350.00 --------------------TOTAL A PAGAR EN DOLARES AMERICANOS: US$ 1,350.00

Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero: BRL 12,910.33 / 31 x 26 dias (octubre 2014) BRL 10,828.02 BRL 12,910.33 / 30 x 28 dias (noviembre 2014) BRL 12,049.64 --------------------TOTAL A PAGAR EN REALES: BRL 22,877.66

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