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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (07/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Martes 7 de octubre de 2014 534307 De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Teniente Primero Rubén Mauricio FERNANDINI Zárate, CIP. 00930817, DNI. 40139112, para que participe en el 4th Western Pacifi c Naval Symposium Short Term Exchange Program for Offi cers of the Next Generations (WPNS STEP), a realizarse en la ciudad de Tokio, Japón, del 15 al 25 de octubre de 2014; así como, autorizar su salida del país el 13 y su retorno el 27 de octubre de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Tokio (Estado de Japón) - Lima US$. 3,500.00 US$. 3,500.00 Viáticos: US$. 500.00 x 11 días US$. 5,500.00 TOTAL A PAGAR: US$. 9,000.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El Ofi cial Subalterno comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1147250-3 Designan representantes de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas ante la Comisión Especial para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior - VUCE, para el período 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 810-2014-DE/MGP Lima, 3 de octubre de 2014 Visto, el Ofi cio Múltiple Nº 004-2014-MINCETUR/ SG de la Secretaria General del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, de fecha 28 de marzo de 2014; CONSIDERANDO: Que, el artículo 9º vigente, de la derogada Ley Nº 28977, Ley de Facilitación del Comercio Exterior, prevé la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; así como, faculta al referido Ministerio a designar la Comisión Especial encargada de implementar y poner en funcionamiento la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Turismo en coordinación con las demás entidades competentes para la uniformización y simplifi cación del trámite por la citada Ventanilla; Que, por Decreto Supremo Nº 010-2007-MINCETUR, de fecha 26 de octubre de 2007, se aprobó el Reglamento para la Implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, estableciendo en su artículo 9º la conformación de la Comisión Especial antes mencionada; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 074- 2009-MINCETUR/DM, de fecha 4 de junio de 2009, se modifi có el artículo 9º del Reglamento mencionado en el considerando precedente, incorporándose a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas – DICAPI, del Ministerio de Defensa, como integrante de la Comisión Especial; Que, de acuerdo a lo indicado en el numeral 9.5 del artículo 9º del Reglamento para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, las entidades del Sector Público que integran la mencionada Comisión Especial designarán o removerán a sus representantes titulares y alternos, mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, el Decreto Legislativo Nº 1147, que regula el fortalecimiento a las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional – Dirección General de Capitanías y Guardacostas y el Decreto Supremo Nº 028-DE/MGP, de fecha 25 de mayo de 2001, que aprueba el Reglamento de la Ley de control y vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, establecen que la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, en el ámbito de su competencia y jurisdicción, deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones emitidas por los sectores de la Administración Pública; Que, es conveniente para los intereses institucionales, continuar con la participación de la Marina de Guerra del Perú ante la Comisión Especial para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE; Estando a lo recomendado por el Director General de Capitanías y Guardacostas y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como representantes de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas – DICAPI, ante la Comisión Especial para la implementación de la Ventanilla Única de Comercio Exterior – VUCE, para el periodo 2014, a los siguientes Ofi ciales: Titular: Capitán de Corbeta Guillermo BENITES Valverde DNI. 43600283