Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2014 (07/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, con certificacion de firma ante el Secretario General del mencionado Distrito Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por motivos personales formula renuncia al cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a partir del 31 de octubre del ano en curso, nombrado por el MORDAZA de Honor de la Magistratura por Resolucion Administrativa N° 003-1994/JHM, de fecha 29 de MORDAZA de 1994; y posteriormente, reincorporado por el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Resolucion Administrativa N° 156-2006-CNM, del 20 de MORDAZA de 2006. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el articulo 107°, numeral 3), de la Ley de la MORDAZA Judicial. Tercero. Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptacion de la renuncia formulada por el recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigacion y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Juez de este Poder del Estado. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolucion Administrativa N° 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar, con efectividad al 31 de octubre del presente ano, la renuncia formulada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, sin perjuicio de lo expuesto en el tercer fundamento de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1147105-1

El Peruano Martes 7 de octubre de 2014

Prorrogan funcionamiento de organos jurisdiccionales en diversos distritos judiciales y dictan disposiciones complementarias
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 333-2014-CE-PJ MORDAZA, 26 de setiembre de 2014 VISTOS: El Oficio N° 770-2014-GO-CNDP-CE/PJ e Informe N° 111-2014-GO-CNDP-CE/PJ, cursados por la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal, respecto a la propuesta de prorroga de organos jurisdiccionales transitorios a cargo de la citada Comision Nacional con vencimiento al 30 de setiembre de 2014. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Administrativa Nº 0292008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modificatorias,

se establece que la finalidad de la Comision Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; asi como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que mediante Directiva N° 001-2012CE-PJ, denominada "Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal", aprobada por Resolucion Administrativa N° 031-2012-CE-PJ del 2 de marzo de 2012, y sus modificatorias, se establecen normas para la organizacion y funcionamiento de la Comision Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, con el fin de alcanzar una efectiva descongestion de expedientes. Tercero. Que mediante Resolucion Administrativa Nº 245-2012-CE-PJ, de fecha 5 de diciembre de 2012, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos a nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia; y por Resolucion Administrativa N° 062-2013-CEPJ, del 3 de MORDAZA de 2013, se aprobaron los estandares de expedientes resueltos de organos jurisdiccionales que no son sedes principales, aplicandose dichos criterios a los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios que no son parte de la reforma del MORDAZA Codigo Procesal Penal y la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Cuarto. Que mediante Resoluciones Administrativas Nº 197-2014-CE-PJ, Nº 220-2014-CE-PJ, N° 255-2014CE-PJ y N° 291-2014-CE-PJ, de fechas 28 de MORDAZA, 27 de junio, 23 de MORDAZA y 27 de agosto del ano 2014, respectivamente, se prorrogo el funcionamiento de diversos organos jurisdiccionales de descarga procesal hasta el 30 de setiembre de 2014, disponiendose ademas que las Comisiones Distritales de Descarga Procesal cumplan con monitorear el funcionamiento de la produccion de los organos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal; asi como emitir informe de la labor realizada por los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios. Quinto. Que la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal ha consolidado las solicitudes presentadas por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Callao, MORDAZA, Ica, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA Este, MORDAZA Norte, MORDAZA, San MORDAZA y Sullana, respecto a las dependencias judiciales transitorias cuyo plazo de funcionamiento se encuentra vigente hasta el 30 de setiembre del presente ano; por lo que se ha realizado la evaluacion de sus propuestas en base a la informacion estadistica registrada y disponible en los sistemas informaticos del Poder Judicial, correspondiente al periodo de enero a MORDAZA de 2014, considerando que el avance ideal al mes de MORDAZA de cada ano equivale al 55% de la meta anual; de esta manera, se ha establecido la capacidad operativa de cada Corte Superior de Justicia en la administracion de organos jurisdiccionales y la optimizacion de recursos para la mejora de la productividad y eficiencia a nivel nacional, teniendo en cuenta la escasez de recursos presupuestales disponibles. Por ello, luego de evaluar el ingreso de expedientes nuevos, carga procesal y produccion jurisdiccional, propone la prorroga del funcionamiento de organos jurisdiccionales transitorios de los Distritos Judiciales MORDAZA mencionados. Sexto. Que, de otro lado, mediante Informe N° 1112014-GO-CNDP-CE/PJ, la Gerencia Operacional de la Comision Nacional de Descarga Procesal senala que mediante Resolucion Administrativa Nº 208-2014CE-PJ, del 18 de junio del ano en curso, se aprobo la implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de Sullana, y se dispuso que el referido

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