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El Peruano Sábado 11 de octubre de 2014 534482 ZONA REGION PROVINCIA DISTRITO N° PROYECTO DE EMERGENCIA ENTIDAD B (Valle Virú - Valle Casma) La Libertad Trujillo Virú 44 Huancaco DDC-LL Virú 45 El Castillo de Tomabal DDC-LL Ancash 46 Huaca Alto Perú DDC-A 47 Huaca San Pedro DDC-A 48 Huaca El Choloque DDC-A Pañamarca 49 Pañamarca DDC-A Sechín 50 Sechín DDC-A 51 Manchán DDC-A 1148126-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal naval a España, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 536-2014-DE/MGP Lima, 10 de octubre de 2014 Visto, el Ofi cio N.1000-1934 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 30 de setiembre de 2014; CONSIDERANDO: Que, el Subdirector General de Cooperación y Defensa Civil del Ministerio de Defensa del Reino de España, ha cursado invitación, para que personal de esta Institución Armada, participe en el Curso Básico de Emergencias, organizado por la Unidad Militar de Emergencias (UME), a realizarse en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 13 octubre al 14 de noviembre de 2014; Que, la designación de Personal Naval, para que participe en el referido curso, responde a la necesidad de capacitar a los concursantes en Instituciones Militares extranjeras, a fi n de adquirir una formación mínima en el ámbito de las emergencias naturales (extinción de incendios, terremotos, inundaciones, transmisiones y nevadas); así como, perfeccionar al participante sobre conocimientos para prevenir desastres naturales en la región, estableciendo normas y procedimientos para integrar Puestos Tácticos; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Primero Renato Andrés GUERRERO Marruffo, del Teniente Primero Andrés Emilio QUIÑONES Casanova y del Teniente Segundo Jorge Alfredo RONCALLA Marín, para que participen en el Curso Básico de Emergencias, a realizarse en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 13 de octubre al 14 de noviembre de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, el hospedaje y alimentación, serán proporcionados por la Unidad Militar de Emergencias (UME) del Ministerio de Defensa del Reino de España, por lo que debe otorgarse Compensación Extraordinaria Mensual hasta un VEINTE POR CIENTO (20%) del que corresponde al lugar de destino, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece el porcentaje máximo de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero en caso de Misión de Estudios, Comisión de Servicios y/o Tratamiento Médico Altamente Especializado con fi nanciamiento parcial; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modifi catorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE, de fecha 2 de octubre de 2013; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009; que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Primero Renato Andrés GUERRERO