Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2014 (11/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo Nº 024-2009DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009; que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA MAGNANI MORDAZA, CIP. 00950063, DNI. 25744441 y del Capitan de Corbeta MORDAZA MORDAZA VILLALON De La MORDAZA, CIP. 00955279, DNI. 43838264, para que participen en la Ejecucion del Ejercicio BOLD ALLIGATOR 2014, a realizarse en la MORDAZA de Norfolk, Estado de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 14 de octubre al 12 de noviembre de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aereos: MORDAZA - Norfolk (Estados Unidos de America) - MORDAZA US$ 1,850.00 x 2 personas US$ 3,700.00 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 6,416.28 / 31 x 18 dias x 2 personas (octubre-2014) US$ 7,451.16 US$ 6,416.28 / 30 x 12 dias x 2 personas (noviembre-2014) US$ 5,133.02 TOTAL A PAGAR: US$ 16,284.18

El Peruano Sabado 11 de octubre de 2014

Ascienden a Generales de Brigada al Grado de General de Division del Ejercito del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 540-2014-DE/EP/S-1.a/1-1
MORDAZA, 10 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28359 "Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas" y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modificatorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la linea de MORDAZA militar en el personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos; Que, la Ley N° 29108 "Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas" y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008-DE, del 09 de MORDAZA de 2008, y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo N° 0152001-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, asi como las competencias de las Juntas correspondientes; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 815-2014MINDEF-DE/EP del 03 de octubre de 2014, se declaran las vacantes para el Ascenso de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos de MORDAZA y Servicios y cambio de condicion Promocion 2015; Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Seleccion para ascenso a los MORDAZA de Oficiales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al Cuadro de Merito, el cual es producto del orden correlativo de la calificacion final obtenida, habiendose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y etica; Que, el literal "a" del articulo 37° del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de General de Division sera otorgado por Resolucion Suprema; Estando a lo propuesto por la Junta de Seleccion para ascenso a los MORDAZA de Oficiales Generales. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ascender con fecha 01 de enero de 2015 por Seleccion, al grado de General de Division al: GENERAL DE BRIGADA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014. Articulo 4º.- El monto de la Compensacion Extraordinaria mensual sera reducida, por la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al MORDAZA parrafo del numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Articulo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 6º.- El Oficial Superior comisionado mas antiguo, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7º.- El mencionado Personal MORDAZA revistara en la Direccion General del Personal de la MORDAZA, por el periodo que dure la Comision de Servicio. Articulo 8º.- El Personal MORDAZA esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

1149011-1 RESOLUCION SUPREMA Nº 541-2014-DE/EP/S-1.a/1-1
MORDAZA, 10 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28359 "Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas" y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005 y sus modificatorias, establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la linea de MORDAZA militar en el personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos; Que, la Ley N° 29108 "Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas" y su Reglamento aprobado por

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