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El Peruano Sábado 11 de octubre de 2014 534483 Marruffo, CIP. 01016167, DNI. 43338099, del Teniente Primero Andrés Emilio QUIÑONES Casanova, CIP. 00935803, DNI. 44161162 y del Teniente Segundo Jorge Alfredo RONCALLA Marín, CIP. 01004207, DNI. 43313771, para que participen en el Curso Básico de Emergencias, a realizarse en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 13 octubre al 14 de noviembre de 2014; así como, autorizar su salida del país el 11 de octubre y su retorno el 15 de noviembre de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Madrid (Reino de España) - Lima US$ 2,100.00 x 3 US$ 6,300.00 TOTAL A PAGAR EN DÓLARES AMERICANOS: US$ 6,300.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: € 4,210.42 / 31 x 19 días (octubre-2014) x 3 personas x 20% € 1,548.35 € 4,210.42 / 30 x 14 días (noviembre-2014) x 3 personas x 20% € 1,178.92 TOTAL A PAGAR EN EUROS: € 2,727.27 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014. Artículo 4º.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonifi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 6º.- El Ofi cial Subalterno comisionado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- El mencionado Personal Naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el periodo que dure la Misión de Estudios. Artículo 8º.- El Personal Naval está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1149010-5 Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Italia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 537-2014-DE/ Lima, 10 de octubre de 2014 Visto el Ofi cio Nº 0917-2014/ENAMM de fecha 22 de agosto del 2014 del Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”; CONSIDERANDO: Que, la Accademia Italiana Marina Mercantile e I.P.S.S.A “Nino Bergese” de Génova - Italia, mediante carta s/n de fecha 01 de agosto de 2014, ha cursado invitación a la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, para visitar su sede institucional con el fi n de efectuar mejoras y consolidar el Convenio de Cooperación Insterinstitucional suscrito entre ambas instituciones en el año 2013, a fi n de contribuir con la mejora del nivel profesional de Cadetes Náuticos de ambas, a desarrollarse del 13 al 17 de octubre de 2014; Que, el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Fernando Manuel VALERIANO-FERRER González y del Teniente Primero Jhonny Maikoll SANTA MARÍA Carrillo, Director y Director de Disciplina (e) de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, respectivamente, a la ciudad de Génova, República Italiana, para efectuar mejoras y consolidar el Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Accademia Navale di Génova (Italia) y el Istituto Professionale de Servisi Enogstronomici (IPSSA) “Nino Bergese” de Génova - Italia, pues contribuirá con la mejora del nivel profesional de Cadetes Náuticos de ambas Instituciones; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio de los Ofi ciales en mención, pues contribuirá a viabilizar programas de apoyo en benefi cio de la calidad educativa de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (01) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 008 (ENAMM), de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002 y sus modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo del 2013, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, y su modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio, y; Estando a lo propuesto por el Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio del Capitán de Navío Fernando Manuel VALERIANO-FERRER González, identifi cado con DNI Nº 25748244 y CIP Nº 04838233 y del Teniente Primero Jhonny Maikoll SANTA MARÍA Carrillo, identifi cado con DNI Nº 40590679 y CIP Nº 20929906, Director y Director de Disciplina (e) de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, respectivamente, a la ciudad de