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El Peruano Sábado 11 de octubre de 2014 534484 Génova, República Italiana, del 13 al 17 de octubre de 2014, así como autorizar su salida del país del 12 al 18 de octubre de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, Unidad Ejecutora 008, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo: Lima – Ciudad de Génova – República Italiana - Lima US$ 1,882.00 x 02 personas (Incluye TUUA) = US$ 3,764.00 Viáticos: US$ 540 x 05 días x 02 personas = US$ 5,400.00 TOTAL: US$ 9,164.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los 15 días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1149010-6 Autorizan viaje de oficiales del Ejército del Perú a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 538-2014-DE/EP Lima, 10 de octubre de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 2243/DIEDOC/C-5.b, del 18 de setiembre de 2014, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, con el Ofi cio Nº 155/MAAG/ARSEC-LOG, del 25 de marzo de 2014, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, hace conocer el costo del curso “Desarrollo de Liderazgo de los Cadetes”, que se dictará a sesenta y cinco (65) Cadetes de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi” y dos (02) Ofi ciales Escolta, en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica Occidental (WHINSEC), con sede en el Fuerte Benning, Ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, del 13 de octubre al 18 de noviembre de 2014; Que, mediante el documento del visto, la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército comunica que el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación de (02) Ofi ciales como Escoltas, de los sesenta y cinco (65) Cadetes de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi”, que realizaran el curso en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica Occidental (WHINSEC), en el Fuerte Benning, en la Ciudad de Columbus, del Estado de Georgia, de los Estados Unidos de América, del 13 de octubre al 18 de noviembre de 2014; Que, resulta conveniente para los intereses de la institución autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a los Ofi ciales que se nombran en la parte resolutiva, a fi n de que participen como representantes del Ejército del Perú; lo que permitirá a los Ofi ciales Subalternos adquirir nuevas experiencias y conocimientos de otros Ejércitos, con el objeto de innovar y mejorar nuestras técnicas y tácticas militares; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, organismos públicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que correspondan, el otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero, se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Que, el artículo 26°, de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, señala que el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23° de la respectiva norma, más el tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26º; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modifi catorias el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modifi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a dos (02) Ofi ciales como Escoltas en el Instituto de Cooperación para la Seguridad Hemisférica Occidental (WHINSEC), en el Fuerte Benning, de la Ciudad de Columbus, del Estado de Georgia, de los Estados Unidos de América, del 13 de octubre al 18 de noviembre de 2014, de acuerdo al detalle siguiente: