Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2014 (21/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Martes 21 de octubre de 2014

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CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los literales f) e i) del articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2013-IN, el Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, designa y remueve a los empleados de confianza, teniendose como uno de dichos cargos el de Gobernador Distrital; Que, a traves de la Resolucion Jefatural N° 04752014-ONAGI-J, de fecha 05 de agosto de 2014, se designo al senor MORDAZA BARBIERI MORDAZA, en el cargo de Gobernador Distrital de PUEBLO LIBRE, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA (Jurisdiccion de la Gobernacion Regional de MORDAZA Metropolitana); Que, segun lo indicado en el literal b) del articulo 50 del precitado Reglamento de Organizacion y Funciones, la Direccion General de Autoridades Politicas tiene como funcion proponer la designacion y remocion de los Gobernadores Provinciales, Distritales y Tenientes Gobernadores; Que, el articulo 190 de la Constitucion Politica del Peru de 1993, establece que el MORDAZA de regionalizacion se inicia eligiendo Gobiernos Regionales en los actuales departamentos y la Provincia Constitucional del Callao; asimismo, la precitada MORDAZA refiere que mediante referendum podran integrarse dos o mas circunscripciones departamentales contiguas para constituir una region y en tanto dure este MORDAZA de integracion podran crearse mecanismos de coordinacion entre si; en ese sentido, para el presente caso los Gobiernos Regionales y las Autoridades Politicas se constituyen sobre la base de la demarcacion territorial de Departamentos; Que, en atencion al informe de Visto, que contiene la recomendacion realizada por la Direccion General de Autoridades Politicas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, resulta pertinente dar por concluida la designacion del Gobernador Distrital de PUEBLO LIBRE, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA (Jurisdiccion de la Gobernacion Regional de MORDAZA Metropolitana); Con el visado del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, y del Director General de la Direccion General de Autoridades Politicas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos; el Decreto Legislativo N° 1140 que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN; SE RESUELVE: Articulo 1.- DAR POR CONCLUIDA, la designacion del senor MORDAZA BARBIERI MORDAZA, en el cargo de Gobernador Distrital de PUEBLO LIBRE, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA (Jurisdiccion de la Gobernacion Regional de MORDAZA Metropolitana). Articulo 2.- NOTIFICAR la presente Resolucion a la Direccion General de Autoridades Politicas, a la Oficina General de Administracion y Finanzas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, a la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, a la Gobernacion Regional de MORDAZA (Jurisdiccion de la Gobernacion Regional de MORDAZA Metropolitana) y al interesado para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PESTANA MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Gobierno Interior (e) 1152481-1

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban pago de prestaciones economicas de sepelio a nivel nacional correspondiente al mes de octubre de 2014
RESOLUCION JEFATURAL Nº 217-2014/SIS MORDAZA, 15 de octubre de 2014 VISTOS: El Informe N° 022-2014-SIS-GNF-PCT con Proveido Nº 284-2014-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre el pago directo de las prestaciones economicas de sepelio a nivel nacional, el Informe N° 016-2014-SIS-OGTI-UDP-MGAV con Proveido N° 292-2014-SIS/OGTI y el Informe Nº 018-2014-SISOGTI-UDP-MGAV con Proveido Nº 333-2014-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion, la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 1140 emitida por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 125-2014-SIS/ OGAJ-EBH con Proveido N° 606-2014-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se establecen los principios asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11 de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77 y 78 de la Constitucion Politica del Peru; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del articulo 12 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se dispone la autorizacion de las transferencias financieras en el Ano Fiscal 2014, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que esta considerada el Seguro Integral de Salud, aprobandose por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, el articulo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectue el Seguro Integral de Salud requiere la suscripcion obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duracion de hasta tres (3) anos renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud publicas podra establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, a traves del articulo 2 del Decreto Supremo N° 0072012-SA, se precisa que los Planes Complementarios al Plan Esencial de Aseguramiento en Salud - PEAS que ofrece el Seguro Integral de Salud, incluyen la prestacion economica de sepelio a nivel nacional; Que, de acuerdo al numeral 6.3.2.2 de la Directiva Administrativa Nº 001-2013/SIS/GNF, que regula el Pago de la Prestacion Economica de Sepelio para los Afiliados a los Regimenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud, aprobada por Resolucion Jefatural N° 202-2013/SIS, se dispone que "La Oficina General de Administracion de Recursos, efectua el MORDAZA de pago (compromiso, devengado, girado y pagado) de las prestaciones economicas de sepelios, con la emision de la carta orden de habilitacion de fondos en la cuenta corriente de la respectiva entidad bancaria"; Que, con la Certificacion de Credito Presupuestario N° 1140 la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, aprueba la disponibilidad presupuestal para el pago de las prestaciones economicas de sepelio correspondiente a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios;

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