Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (30/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Jueves 30 de octubre de 2014 536262 parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los Portales Institucionales del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público, las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1157313-1 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar el otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar DECRETO SUPREMO Nº 300-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014 se autorizó al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales a otorgar, de manera excepcional, un Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) como reconocimiento de la mejora del aprendizaje de los estudiantes de las instituciones educativas públicas durante el ejercicio anterior, a favor del personal directivo, personal jerárquico y personal docente, nombrado y/o contratado de las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular con mejor desempeño; para la aplicación de lo antes señalado, el numeral 10.2 del citado artículo autoriza al Ministerio de Educación a realizar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales hasta por la suma de SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 75 000 000.00), las cuales se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último; Que, mediante Decreto Supremo Nº 287-2014-EF se aprobó el monto del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar y se establecieron los criterios, requisitos y condiciones para su otorgamiento, así como otras disposiciones necesarias para su implementación, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014; Que, mediante Informe Nº 0086-2014-MINEDU/ SPE-PLANMED, la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Medición de la Calidad Educativa de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación identifi ca las instituciones educativas seleccionadas y el personal benefi ciario para el otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar, así como determina el monto a ser transferido a los pliegos Gobiernos Regionales en el presente año fi scal 2014, para el fi nanciamiento del citado bono; asimismo, la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante el Informe Nº 356-MINEDU/SPE-UP señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales para fi nanciar el costo del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar; Que, en el marco de lo indicado en los considerandos precedentes, el Ministerio de Educación, mediante Ofi cio N° 1786-2014-MINEDU/SG, solicita la aprobación del Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para fi nanciar el pago del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar al personal directivo, jerárquico y docente, nombrado y/o contratado de las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular con mejor desempeño; Que, de acuerdo a la información registrada en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público” y la base de datos remitida por el Ministerio de Educación, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de CINCUENTA Y SIETE MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 57 198 500,00), para fi nanciar el otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar, en el marco de lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el Decreto Supremo N° 287-2014-EF y el artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de CINCUENTA Y SIETE MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 57 198 500,00), a fi n de fi nanciar