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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (12/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Viernes 12 de setiembre de 2014 532316 Oficializan evento denominado “Alpaca Fiesta 2014”, a realizarse en la ciudad de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0517-2014-MINAGRI Lima, 9 de setiembre de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 127-2014-MINAGRI-DIGNA/DINPE, de fecha 03 de setiembre de 2014, del Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Agricultura y Riego, es el ente rector del Sector Agricultura y Riego y establece la Política Nacional Agraria, de obligatorio cumplimiento en los tres niveles de gobierno; dentro de las competencias compartidas ejerce la función de promover, fomentar e incentivar la organización de Ferias y Eventos Agropecuarios, con la participación activa de los agentes productivos, sean personas naturales o jurídicas, vinculadas a la producción agraria a nivel nacional, regional y local y ejercer la oferta exportable de los productos agrarios a nuevos mercado nacional e internacional; así como promover la inversión privada en el desarrollo del Sector Agricultura y Riego; Que, mediante Cartas de fecha 26 de mayo y de 23 de julio de 2014, el Presidente Ejecutivo IPAC, Director Ejecutivo AIA y Gerente de Alpaca Fiesta 2014, solicita la ofi cialización del evento denominado “Alpaca Fiesta 2014”, a realizarse en el Centro de Convenciones de Cerro Juli, de la ciudad de Arequipa, del 10 al 15 de noviembre del presente año; Que, el mencionado evento tiene por objetivo, hacer conocer al mundo la importancia de la Alpaca, el uso de sus fi bras en la industria textil, participar y discutir aspectos de negocios referente a la Alpaca y otros camélidos sudamericanos, como la crianza, hábitat de estos animales, manufactura y comercialización de los productos, que cubran las expectativas de las exigencias de mercados internacionales y buscar puntos clave en la crianza de la alpaca, para lograr la fi nura perfecta de la fi bra de alpaca en el Perú, como en EE. UU. y Australia; Que, el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0650-2006- AG, establece las normas que regulan las acciones de organización, autorización, funcionamiento y desarrollo de las Ferias y Eventos Agropecuarios que se realicen en el territorio nacional; Que, con Ofi cio N° 127-2014-MINAGRI-DIGNA/ DINPE, la Dirección General de Negocios Agrarios, adjunta el Informe Nº 002-2014-MINAGRI-DIGNA-DINPE/ JRM, de la Dirección de Negocios Pecuarios, a través del cual, se recomienda la ofi cialización del evento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, modifi cado por Ley N° 30048, y su Reglamento de su Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 08-2014- MINAGRI, y el Decreto Supremo Nº 008-2002-AG que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativo – TUPA del Ministerio de Agricultura, modifi cado por Resolución Ministerial Nº 0212-2011-AG y la Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG, que aprueba el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ofi cializar el evento denominado “Alpaca Fiesta 2014”, a realizarse en el Centro de Convenciones Cerro Juli de la ciudad de Arequipa, del 10 al 15 de noviembre de 2014, organizado por la Asociación Internacional de la Alpaca. Artículo 2º.- El Comité Organizador del evento a que se refi ere el artículo precedente, presentará al Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, un Informe Final sobre las actividades realizadas y los objetivos alcanzados, dentro de los treinta (30) días calendario siguiente, una vez fi nalizado el evento. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1135806-2 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del Ministerio a la Confederación Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 240-2014-MINCETUR Lima, 8 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Organización Mundial del Comercio – OMC, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, se llevarán a cabo Reuniones de las negociaciones plurilaterales para un Acuerdo sobre Comercio de Servicios (TISA), del 21 al 25 de setiembre de 2014; Que, las reuniones de TISA cuentan con la participación de 22 miembros de la OMC, que representan cerca del 70% del comercio mundial de servicios; por lo tanto, el impulso dado a dicha iniciativa ha suscitado una alta expectativa entre la comunidad internacional, con la posibilidad que otros miembros de la OMC se adhieran; Que, la agenda de la reunión incluye la discusión de propuestas sobre disposiciones nuevas y mejoradas en telecomunicaciones, localización y comercio electrónico, servicios fi nancieros, reglamentación doméstica/ transparencia, servicios de transporte marítimo, aéreo y terrestre, servicios de envío y distribución y servicios profesionales, entre otros temas; Que, es de interés del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo lograr que el Perú amplíe el número de países con los que tiene un acuerdo sobre comercio de servicios (no se cuenta con un acuerdo con 12 de los 22 países de TISA), de modo que se aperturen o consoliden sectores de servicios como distribución, franquicias y restaurantes y no quede rezagado respecto de otros países directamente competidores en dicho sector; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje de los señores Gerardo Antonio Meza Grillo y Karina Nicole Tejada Castro, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que participen en representación del MINCETUR en las reuniones antes mencionadas; Que, según el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, la Entidad es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; es responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración, en tal sentido, participa activamente en la OMC; Que, el artículo 10° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley