NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (12/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 19
El Peruano Viernes 12 de setiembre de 2014 532329 la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, Plaza Nº 014 del Cuadro para Asignación de Personal del MIMP, cargo considerado de confi anza; Que, en consecuencia, es necesario designar a la persona que se desempeñará en el referido cargo; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual y de las Ofi cinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP; y la Resolución Suprema N° 003-2013-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la servidora YSABEL LIZ NAVARRO NAVARRO, Especialista Social III de la Unidad de Atención Integral Frente a la Violencia Familiar y Sexual del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, en el cargo de confi anza de Asesora II del Despacho Viceministerial de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Artículo 2.- Al término de la designación, la citada servidora retornará a su plaza de origen de la cual es titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1136143-3 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Acuerdo entre la Organización Internacional del Trabajo y la República del Perú para la realización de la XVIII Reunión Regional Americana de la OIT en Lima, del 13 al 16 de octubre de 2014 DECRETO SUPREMO Nº 038-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre la Organización Internacional del Trabajo y la República del Perú para la realización de la XVIII Reunión Regional Americana de la OIT en Lima, del 13 al 16 de octubre de 2014, suscrito el 11 de agosto de 2014, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre la Organización Internacional del Trabajo y la República del Perú para la realización de la XVIII Reunión Regional Americana de la OIT en Lima, del 13 al 16 de octubre de 2014, suscrito el 11 de agosto de 2014, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Convenio, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de setiembre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1136511-2 Dan por terminadas las funciones de Cónsul General Honorario del Perú en el Principado de Mónaco RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 155-2014-RE Lima, 11 de setiembre de 2014 VISTAS: La Resolución Suprema Nº 0085-1981-RE, de fecha 18 de febrero de 1981, que nombró al señor Michel Pastor como Cónsul General Ad Honorem del Perú en el Principado de Mónaco; La comunicación del Consulado General del Perú en París, de fecha 03 de febrero de 2014, que informa sobre el lamentable fallecimiento del señor Michel Pastor, acaecido el 02 de febrero de 2014; CONSIDERANDO: Que, el artículo 127º, literal e), del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE, de 05 de octubre de 2005, señala que las funciones de los Cónsules Honorarios concluyen por muerte; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, aprobada mediante Decreto Ley Nº 21999; los artículos 127º, literal e), 128º y 129º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005- RE, de 05 de octubre de 2005; y, el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del señor Michel Pastor como Cónsul General Honorario del Perú en el Principado de Mónaco, con efi cacia anticipada, a partir del 02 de febrero de 2014. Artículo 2º.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1136511-10