Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2014 (12/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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El Peruano Viernes 12 de setiembre de 2014

ENERGIA Y MINAS
Reconocen a favor de concesion definitiva de transmision de la que es titular Empresa de Generacion Huallaga S.A. la servidumbre convencional de electroducto para linea de transmision, ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 398-2014-MEM/DM MORDAZA, 2 de setiembre de 2014 VISTO: El Expediente Nº 21230214, sobre solicitud de imposicion de servidumbre de electroducto para la Linea de Transmision de 34,5 kV S.E. MORDAZA MORDAZA (derivacion de la L.T. 138 kV MORDAZA - Tingo Maria) - C.H. Chaglla, presentado por EMPRESA DE GENERACION HUALLAGA S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 11565106 del Registro de Personas Juridicas, MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA, Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, EMPRESA DE GENERACION HUALLAGA S.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 34,5 kV S.E. MORDAZA MORDAZA (derivacion de la L.T. 138 kV MORDAZA - Tingo Maria) - C.H. Chaglla, en merito de la Resolucion Suprema N° 031-2013-EM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 01 de junio de 2013, mediante el documento ingresado el 15 de MORDAZA de 2014 con registro Nº 2384932, solicito la imposicion de servidumbre de electroducto para la Linea de Transmision de 34,5 kV S.E. MORDAZA MORDAZA (derivacion de la L.T. 138 kV MORDAZA - Tingo Maria) - C.H. Chaglla, ubicada en el distrito de Chinchao, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente, de conformidad con los articulos 110 y 111 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas; Que, de la documentacion presentada se desprende que se trata de una solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional, por lo cual el procedimiento de imposicion de servidumbre se encauso de oficio a un procedimiento de reconocimiento de servidumbre convencional, conforme al numeral 3 del articulo 75 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, EMPRESA DE GENERACION HUALLAGA S.A. ha acreditado que, en las areas destinadas para la franja de servidumbre de la Linea de Transmision de 34,5 kV S.E. MORDAZA MORDAZA (derivacion de la L.T. 138 kV MORDAZA - Tingo Maria) - C.H. Chaglla, se han constituido servidumbres convencionales de electroducto sobre bienes de propiedad privada, conforme consta en los dos (02) Testimonios de Escritura Publica de los Contratos de Compra y Venta de Constitucion de Servidumbre Convencional y en la Minuta de Contrato de Constitucion de Servidumbre que figuran en el Expediente; Que, el articulo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con

los requisitos legales y procedimientos correspondientes, emitio el Informe Nº 447-2014-DGE-DCE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconocer, a favor de la concesion definitiva de transmision de la que es titular EMPRESA DE GENERACION HUALLAGA S.A., la servidumbre convencional de electroducto para la Linea de Transmision de 34,5 kV S.E. MORDAZA MORDAZA (derivacion de la L.T. 138 kV MORDAZA - Tingo Maria) - C.H. Chaglla, ubicada en el distrito de Chinchao, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Inicio y Llegada de la Linea Electrica Nivel de N° de Longitud Tension Ternas (km) (kV) 34,5 01 25,00 Ancho de la Faja (m) 11

Cod. Exp.

21230214 S.E. MORDAZA MORDAZA (derivacion de la L.T. 138 kV MORDAZA - Tingo Maria) - C.H. Chaglla

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1135465-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policia Nacional del Peru a Venezuela, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 155-2014-IN MORDAZA, 11 de setiembre de 2014 VISTOS; el Oficio Nº 6362-2014-MP-FN-UCJIE (EXT 198-13) de fecha 30 de MORDAZA de 2014, de la Unidad de Cooperacion Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalia de la Nacion;y, el Memorandum Multiple Nº 3762014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 19 de agosto de 2014, de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 017-2014-JUS de fecha 22 de enero de 2014, el Estado peruano accede a la solicitud de extradicion activa de la ciudadana peruana Lia MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Especializada en lo Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesada por la presunta comision del delito contra la MORDAZA, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Homicidio Calificado, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica Bolivariana de Venezuela, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Oficio Nº 6362-2014-MP-FC-UCJIE (EXT. 198-13) de fecha 30 de MORDAZA de 2014, la Unidad de

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