Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2014 (12/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Viernes 12 de setiembre de 2014

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la modalidad de cable alambrico u optico, suscrito con el solicitante, referida a las limitaciones de la cesion de posicion contractual establece que "EL CONCESIONARIO no podra ceder la posicion contractual derivada del presente Contrato, ni podra transferir o gravar, total o parcialmente, bajo ningun titulo, los derechos, intereses u obligaciones que de el se deriven, sin la previa aprobacion expresa y por escrito del MINISTERIO, quien podra denegarlo solo por causa justificada"; Que, mediante Informe N° 1392-2014-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, opina que, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para aprobar la transferencia de concesion para la prestacion del Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion por Cable, en la modalidad de cable alambrico u optico, resulta procedente la solicitud formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA respecto a la transferencia de la concesion que le fuera otorgada por Resolucion Ministerial N° 384-99MTC/15.03, modificada por Resolucion Ministerial N° 013-2003-MTC/03 y Resolucion Directoral N° 468-2003MTC/17, a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MANRIQUE; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC y sus modificatorias; el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC y sus modificatorias; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444; y, Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la transferencia de la concesion para la prestacion del Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion por Cable, en la modalidad de cable alambrico u optico otorgada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por Resolucion Ministerial N° 38499-MTC/15.03, modificada por Resolucion Ministerial N° 013-2003-MTC/03 y Resolucion Directoral N° 468-2003MTC/17, a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MANRIQUE. Articulo 2°.- Aprobar la Adenda al Contrato de Concesion, mediante la cual se formaliza la transferencia descrita en el articulo precedente, y autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones a suscribir la adenda en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 3°.- Reconocer al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como MORDAZA titular de la concesion otorgada por Resolucion Ministerial N° 38499-MTC/15.03, modificada por Resolucion Ministerial N° 013-2003-MTC/03 y Resolucion Directoral N° 4682003-MTC/17, a partir de la fecha de suscripcion de la Adenda a que se refiere el articulo precedente, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la concesion transferida. Articulo 4°.- La presente resolucion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda a la cual se refiere el articulo 2° de la presente Resolucion, no es suscrita por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1135408-1

Aprueban transferencia de concesion para la prestacion de servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, a favor de persona natural
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 539-2014-MTC/03 MORDAZA, 29 de agosto del 2014 VISTA, la solicitud presentada mediante Expediente N° 2014-046016 por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la aprobacion de la transferencia de su concesion para la prestacion del Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion por Cable, en la modalidad de cable alambrico u optico, a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MANRIQUE; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 384-99MTC/15.03 de fecha 30 de setiembre de 1999, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA concesion para la explotacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende la MORDAZA MORDAZA del distrito de Vegueta, provincia de Huaura, del departamento de Lima; habiendose suscrito el respectivo Contrato de Concesion el 23 de noviembre de 1999; Que, por Resolucion Ministerial N° 013-2003-MTC/03 de fecha 8 de enero de 2003, se modifico el area de la concesion otorgada a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante Resolucion Ministerial N° 384-99-MTC/15.03, para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, comprendiendo la MORDAZA MORDAZA del distrito de Vegueta y el distrito de Sayan, de la provincia de Huaura, del departamento de Lima; habiendose suscrito la respectiva Adenda el 13 de octubre de 2003; Que, mediante Resolucion Directoral N° 468-2003MTC/17 de fecha 15 de MORDAZA de 2003, se aprobo la modificacion del Plan Minimo de Expansion, conforme al Anexo 2 de dicha resolucion, reemplazando el Anexo 2 aprobado por Resolucion Ministerial N° 384-99MTC/15.03; habiendose suscrito la respectiva Adenda el 13 de octubre de 2003; Que, mediante el expediente de Vista, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito la transferencia de la concesion otorgada mediante Resolucion Ministerial N° 384-99-MTC/15.03, modificada por Resolucion Ministerial N° 013-2003-MTC/03 y Resolucion Directoral N° 4682003-MTC/17, a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MANRIQUE; Que, el articulo 51° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, establece que "los derechos otorgados por el Estado (...) (concesiones, autorizaciones, licencias y permisos) son intransferibles, salvo autorizacion previa del Ministerio (...)", senalando, ademas, que "la inobservancia de esta condicion produce la resolucion de pleno derecho del contrato de concesion o la anulacion automatica en el caso de autorizaciones, permisos y licencias"; Que, el articulo 117° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, establece que "(...) las concesiones y las asignaciones de espectro relativas a aquellas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobacion previa y expresa del Ministerio, la cual sera formalizada mediante resolucion viceministerial"; ademas, el citado articulo senala que "la transferencia no podra ser denegada sin causa justificada. Entiendase por causa justificada a las senaladas en el articulo 113, a toda situacion que pudiera atentar contra lo dispuesto en el articulo 6 de la Ley y aquellas que senale la Ley, el Reglamento u otra disposicion legal. El incumplimiento de esta MORDAZA produce la resolucion de pleno derecho del contrato de concesion o deja sin efecto las autorizaciones, permisos y licencias correspondientes (...)"; Que, el primer parrafo de la Clausula Decima del Contrato de Concesion para la prestacion del Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion por Cable, en

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