Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2014 (13/09/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

532406

El Peruano Sabado 13 de setiembre de 2014

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Revision: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS 23 y 24 DE SETIEMBRE DE 2014 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 285-2014-MTC/12.04 Y Nº 505 -2014-MTC/12.04 RECIBOS DE ORDEN DE VIATICOS INICIO FIN SOLICITANTE INSPECTOR MORDAZA MORDAZA DETALLE ACOTACION INSPECCION Nº (US$) Nºs. Chequeo tecnico Inicial TRANS Ezeiza, como Capitan en la ruta 2649-2014US$ MORDAZA Bastos, 23-Sep 24-Sep AMERICAN Buenos MORDAZA MORDAZA ­ Ezeiza ­ MORDAZA en el 12179-12180 MTC/12.04 400.00 MORDAZA MORDAZA AIRLINES S.A. Aires equipo A-330 a su personal aeronautico

1136500-1

Aprueban valor total de tasacion correspondiente a predio afectado por ejecucion de obra de rehabilitacion y mejoramiento, en tramo de carretera ubicada en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 623-2014-MTC/02 MORDAZA, 9 de setiembre de 2014 VISTO: La Nota de Elevacion N° 188-2014-MTC/20 de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL sobre la aprobacion del valor total de la tasacion de un predio afectado por la ejecucion de la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape - Cochabamba - MORDAZA, Tramo: Cochabamba - Chota, ubicado en el distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecucion de obras publicas viales, establece que la adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, los articulos 2°, 3° y 4° de la Ley N° 27628 son modificados por la tercera disposicion complementaria modificatoria de la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisicion, expropiacion y posesion de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad publica la adquisicion o expropiacion de bienes inmuebles afectados para la ejecucion de diversas obras de infraestructura; Que, segun el articulo 2° de la Ley N° 27628, el valor de la tasacion sera fijado por la Direccion Nacional de Construccion, considerando lo siguiente: a) el valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y b) una indemnizacion por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el dano emergente y lucro cesante; que el monto de la indemnizacion debera considerar, entre otros, el resarcimiento de los gastos tributarios, incluyendo el Impuesto a la Renta, en que debera incurrir el sujeto pasivo como consecuencia de la expropiacion. Asimismo, establece que el valor total de la tasacion es aprobado por resolucion ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya tasacion debera de tener una antiguedad no mayor a dos anos al momento de su aprobacion. Y segun el articulo 3°, la aprobacion del valor total de la tasacion se hace considerando el monto fijado por la Direccion Nacional de Construccion y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de corresponder;

Que, el articulo 27° de la Ley N° 30230 modifica la primera disposicion complementaria final de la Ley N° 30025 estableciendo, entre otros aspectos, que tratandose de los procedimientos de adquisicion de inmuebles por trato directo iniciados al MORDAZA de la Ley N° 27628, MORDAZA de la vigencia de dicha ley y que se encuentran comprendidos en la MORDAZA disposicion complementaria final de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley N° 27628; Que, Provias Nacional y la Direccion Nacional de Construccion suscribieron el Convenio MORDAZA N° 0372009-MTC/20 de Cooperacion Interinstitucional, para que en aplicacion de la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones, y la Ley N° 27628, la referida Direccion efectue la valuacion comercial de los predios afectados por la ejecucion de obras publicas realizadas por dicho Proyecto Especial, asi como los ejecutados por los contratos de concesion de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional; Que, dentro de los alcances del Convenio MORDAZA N° 037-2009-MTC/20, la Unidad Gerencial de Estudios de Provias Nacional mediante el Oficio N° 340-2013MTC/20.6, de fecha 04 de febrero de 2013, solicito a la Direccion Nacional de Construccion que efectue la valuacion comercial de un predio afectado por la ejecucion de la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape - Cochabamba - MORDAZA, Tramo: Cochabamba - Chota, ubicado en el distrito y provincia de Chota, departamento de MORDAZA, adjuntando el expediente correspondiente; Que, la Direccion Nacional de Construccion mediante el Oficio N° 616-2014/VIVIENDA-VMCS-DNC, de fecha 02 de MORDAZA de 2014, remite a la Unidad Gerencial de Estudios, el Informe Tecnico de Tasacion que contiene el valor de tasacion por la suma de S/. 314 315,26, fecha de tasacion 18 de febrero de 2014, correspondiente a un predio afectado por la ejecucion de la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Chongoyape - Cochabamba - MORDAZA, Tramo: Cochabamba - Chota, localizacion predio codigos N° CHO-T-255 y CHO-T-256, indicando al propietario del predio. Dicha valorizacion comprende: valor del terreno, valor de obras complementarias (cercos), valor de las plantaciones permanentes - frutales (como lucro cesante), y plantaciones temporales; Que, el Jefe de Proyectos Pacri - UGE de Provias Nacional eleva el Informe N° 115-2014.HJCA a la Unidad Gerencial de Estudios, la cual le da conformidad con el Memorandum N° 3803-2014-MTC/20.6, manifestando que la aprobacion de la tasacion materia del Informe Tecnico de Tasacion a que se alude, se ampara en la Ley N° 27628, modificada por la Ley N° 30025, y en aplicacion del articulo 27° de la Ley N° 30230 que modifica la Primera Disposicion Complementaria de la Ley N° 30025; asimismo, senala que corresponde que se apruebe la tasacion por el monto total de S/. 345 746,79, que incluye un porcentaje adicional de 10% del valor comercial del predio; Que, la Unidad Gerencial de Asesoria Legal mediante el Informe N° 572-2014-MTC/20.3, encuentra procedente la aprobacion de la tasacion remitida por la Unidad

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.