Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (13/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 40

El Peruano Sábado 13 de setiembre de 2014 532418 incrementar su carga procesal a fi n de cumplir con la meta de producción asignada. Sexto. Que el articulo 82°, incisos 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la reubicación de órganos jurisdiccionales a nivel nacional; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 639- 2014 de la vigésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzáles y Taboada Pilco, sin la intervención del señor Escalante Cárdenas por encontrarse de vacaciones. Por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir y reubicar el Primer Juzgado de Paz Letrado Civil del Distrito de San Juan de Mirafl ores, en Segundo Juzgado de Paz Letrado Mixto del Distrito de Lurín, ambos de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Artículo Segundo.- Modifi car la denominación de los siguientes órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur: • El Juzgado de Paz Letrado Mixto del Distrito de Lurín, como Primer Juzgado de Paz Letrado Mixto del mismo Distrito. • El Segundo Juzgado de Paz Letrado Civil del Distrito de San Juan de Mirafl ores, como Juzgado de Paz Letrado Civil del mismo Distrito. Artículo Tercero.- Disponer que el Primer y Segundo Juzgados de Paz Letrado Civil del Distrito de Villa María del Triunfo, en adición a sus funciones, realicen itinerancia al Distrito de Lurín u otros distritos de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, en apoyo a los Juzgados de Paz Letrados que presenten sobrecarga procesal. Artículo Cuarto.- Disponer que la carga pendiente del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil del Distrito de San Juan de Mirafl ores, sea asumida por el Juzgado de Paz Letrado Civil del mismo distrito. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1137166-2 Autorizan a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este disponer medidas administrativas a fin de determinar la manera en la que los órganos jurisdiccionales transitorios, dentro del distrito político asignado, brindarán apoyo en la descarga procesal de los órganos jurisdiccionales permanentes de la propia especialidad RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 267-2014-CE-PJ Lima, 6 de agosto de 2014 VISTOS: Los Ofi cios N° 613-2014-GO-CNDP-CE-PJ y N° 185- 2014-P-CSJ-LE/PJ, cursados por la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal; y la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, respectivamente. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa N° 029- 2008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modifi catorias, se establece que la fi nalidad de la Comisión Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; así como, proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como fi nalidad monitorear el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fi n de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comisión Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fi nes se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales materia de evaluación. Segundo. Que la Directiva N° 001-2012-CE- PJ, denominada “Lineamientos Uniformes para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal”, aprobada por Resolución Administrativa N° 031-2012-CE-PJ del 2 de marzo de 2012, y sus modifi catorias, establece normas para la organización y funcionamiento de la Comisión Nacional de Descarga Procesal y Comisiones Distritales de Descarga Procesal, con el fi n de alcanzar una efectiva descongestión de expedientes. Tercero. Que mediante Resolución Administrativa N° 225-2014-CE-PJ, de fecha 27 de junio del año en curso, se dispuso que el 1°, 2° y 3° Juzgados Penales Transitorios de San Juan de Lurigancho, Distrito Judicial de Lima Este, apoyen al 1° Juzgado Permanente del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho. Posteriormente, mediante Ofi cio N° 185 -2014-P-CSJ-LE/PJ, del 7 de julio de 2014, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este solicitó la modifi cación de la citada resolución, con la fi nalidad que se disponga que el 3° Juzgado Penal Transitorio de San Juan Lurigancho apoye al 3° Juzgado Penal Permanente de ese distrito. Cuarto. Que, al respecto, la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, propone que se autorice a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este para que disponga las medidas administrativas necesarias a fi n de determinar la manera en la que los órganos jurisdiccionales transitorios brindarán apoyo en la descarga procesal de los órganos jurisdiccionales permanentes, de acuerdo al criterio de especialización. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 651-2014 de la vigésimo sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este para que disponga las medidas administrativas necesarias a fi n de determinar la manera en la que los órganos jurisdiccionales transitorios, dentro del distrito político asignado, brindarán apoyo en la descarga procesal de los órganos jurisdiccionales permanentes de la propia especialidad. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se oponga a lo establecido en la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia