NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (13/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 45
El Peruano Sábado 13 de setiembre de 2014 532423 los escritos deberán estar debidamente proveídos bajo responsabilidad. Cuarto.- En el plazo máximo de diez días hábiles, tanto el Juzgado Civil de Santa Anita, como el Primer y Segundo Juzgado Civil Transitorio de Santa Anita, deberán hacer llegar por medio electromagnético en detalle, la relación de expedientes recibidos, la cual tendrá carácter de declaración jurada y será publicada en la página web de esta Corte Superior de Justicia. Quinto.- Con el fi n de no afectar el derecho de los usuarios y/o litigantes y hasta que culmine el proceso de redistribución dispuesto en la presente resolución, la Mesa de Partes del Juzgado bajo cuya custodia se encuentran los expedientes, deberá recibir los escritos relacionados a actos procesales con plazos de vencimiento y/o perentorios de los procesos a ser redistribuidos, debiendo ser remitidos junto con el expediente a los Juzgados Civiles conforme corresponda. Sexto.- Dejar sin efecto las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Sétimo.- PONER la presente resolución a conocimiento de la Presidente del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de La Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este – ODECMA y la Ofi cina de Administración Distrital de este Distrito Judicial, para los fi nes pertinentes. Publíquese, comuníquese, regístrese y cúmplase. MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta Corte Superior de Justicia de Lima Este 1137140-1 Designan magistrado encargado de coordinar los Actos de Disposición de los Bienes Materia de Delitos y de Efectos Decomisados de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, para el presente año judicial CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 219-2014-P-CSJLE/PJ Lima, 12 de setiembre de 2014 VISTOS: Las Resoluciones Administrativas N° 101-2014-CE-PJ y N° 113-2014-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, por Resolución Administrativa N° 101- 2014-CE-PJ, del diecinueve de marzo del año en curso, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial estableció el funcionamiento del Distrito Judicial de Lima Este, a partir del cinco de mayo del presente año. Segundo.- Por Resolución Administrativa 133-2014- CE-PJ, de fecha veintitrés de abril del presente año, se aprobó el Reglamento de Bienes Materia de Delitos y de Efectos Decomisados. Tercero.- Que el artículo 26° del Reglamento de Bienes Materia de Delitos y de Efectos Decomisados, establece que el Presidente de la Corte designará al Juez que se encargue de coordinar los actos de disposición de los bienes materia de delitos y de efectos decomisados en adición de sus funciones, señalando en el artículo 27° del citado Reglamento las obligaciones que le competen. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se, RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al señor Magistrado Carlos Charapaqui Poma, Juez Titular del Segundo Juzgado Penal (Lurigancho y Chaclacayo), para que en adición a sus funciones, se encargue de coordinar los Actos de Disposición de los Bienes Materia de Delitos y de Efectos Decomisados de la Corte Superior de Justicia de Lima Este para el presente año judicial, quién deberá cumplir con informar a la Presidencia las acciones que se tomen, facultándosele a solicitar apoyo de las dependencias administrativas de esta Corte para el cumplimiento de su función. Artículo Segundo.- DISPONER que mientras se implemente el espacio físico (almacén) donde sean internados los Bienes Materia del Delito y Efectos Decomisados, los Magistrados Especializados en lo Penal, y de los Juzgados de Tránsito y Seguridad Vial de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, mantendrán en custodia dichos efectos, debiendo dar cumplimiento a lo establecido en el Reglamento de Bienes de Materia de Delitos y de Efectos Decomisados. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de este Distrito Judicial, Fiscalía de la Nación y del Magistrado comprendido en la presente resolución para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1137144-1 Establecen en materia de Familia - Infractores el turno con alternancia semanal, en el Distrito de Santa Anita de la Corte Superior de Justicia de Lima Este CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 220-2014-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, doce de setiembre del año dos mil catorce. VISTAS: Las Resoluciones Administrativas Nº 201-2014-CE-PJ, 225-2014-CE-PJ, 292-2014-CE-PJ; del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y la Resolución Administrativa N° 75- 2014-P-CSJLE/PJ; y CONSIDERANDO: Primero.- Que, por el artículo sétimo de la Resolución Administrativa Nº 225-2014-CE-PJ, publicada en el diario ofi cial “El Peruano” el cuatro de julio del año en curso, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso que en el Distrito de La Molina y Cieneguilla, la competencia territorial del Juzgado de Familia Permanente se extienda hasta el Distrito de Santa Anita. Segundo.- Que, en atención a la disposición antes citada, mediante Resolución Administrativa N° 75- 2014-P-CSJLE/PJ, se estableció hasta el treinta y uno de diciembre del presente año, el rol de turno para los Juzgados de Familia de este Distrito Judicial, entre ellos, para el Juzgado de Familia de La Molina y Cieneguilla, con competencia además en el Distrito de Santa Anita.