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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (16/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Martes 16 de setiembre de 2014 532565 Riego, resulta necesario la aprobación de la Directiva General denominada “Normas específi cas para garantizar la neutralidad y transparencia de la Unidad Ejecutora N° 001 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego durante los procesos electorales”, como la elaboración y aprobación de directivas sobre neutralidad y transparencia de los Programas, Proyectos Especiales y Organismos Público adscritos al Ministerio; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048; y el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la Directiva General N° 007- 2014-MINAGRI denominada “Normas específi cas para garantizar la neutralidad y transparencia de la Unidad Ejecutora N° 001 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego durante los procesos electorales”. Artículo 2.- Disponer que los Organismos Públicos, Programas y Proyectos Especiales adscritos al Ministerio de Agricultura y Riego, elaboren y aprueben sus normas específi cas para garantizar la neutralidad y transparencia en sus dependencias durante los procesos electorales, otorgándoles para tal efecto el plazo de cinco (05) días hábiles contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Articulo 3.- Disponer la publicación de la Directiva General N° 007-2014-MINAGRI denominada “Normas específi cas para garantizar la neutralidad y transparencia de la Unidad Ejecutora N° 001 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego durante los procesos electorales” en el portal del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri. gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Articulo 4.- Derogar la Resolución Ministerial N° 0155- 2010-AG, que aprueba la “Directiva sobre Neutralidad y Transparencia del Ministerio de Agricultura, Organismos Públicos, programas, proyectos, y de sus funcionarios, empleados públicos, y personas que prestan servicio en el sector público agrario, durante el proceso de elecciones regionales y municipales del 3 de octubre del 2010”. Regístrese, notifíquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1137474-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante del Ministerio a Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 243-2014-MINCETUR Lima, 9 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, del 24 al 25 de setiembre de 2014, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, se llevará a cabo la VI Reunión de la Comisión Administradora del Acuerdo Regional N° 8 “Acuerdo Marco para la Promoción del Comercio mediante la superación de Obstáculos Técnicos al Comercio”, en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración - ALADI; Que, dicha Reunión tiene por objeto continuar la negociación de los elementos contenidos en dicho Acuerdo, referidos a los Reglamentos Técnicos, Normas y Procedimientos de Evaluación de la Conformidad con la fi nalidad de lograr el perfeccionamiento del mismo, tomando como base las experiencias en materia de obstáculos técnicos al comercio en los acuerdos negociados entre los países miembros de la ALADI; Que, la participación de un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, en dicha reunión permitirá exponer y sustentar adecuadamente a nivel técnico, la posición del Perú sobre los puntos a tratar, tales como la Ruta Crítica para defi nir los sectores en los que se trabajará la Cooperación Regulatoria, así como la propuesta de Mecanismo de Consultas presentada por México, entre otros; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Tiburcio Alejandro Bravo Martínez, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que participe en representación del MINCETUR en la reunión antes mencionada; Que, el MINCETUR es el organismo público competente para formular, dirigir, coordinar, ejecutar y supervisar la política de comercio exterior, así como negociar, suscribir y poner en ejecución los acuerdos o convenios internacionales en materia de comercio exterior y otros en el ámbito de su competencia; en tal sentido, dirige y coordina la posición negociadora del país en las negociaciones de la Agenda Comercial en el marco de la ALADI, entre otros foros y esquemas de integración; Que, el artículo 10° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Tiburcio Alejandro Bravo Martínez, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 23 al 26 de setiembre de 2014, para que en representación del MINCETUR participe en la VI Reunión de la Comisión Administradora del Acuerdo Regional N° 8 “Acuerdo Marco para la Promoción del Comercio mediante la superación de Obstáculos Técnicos al Comercio”, de la Asociación Latinoamericana de Integración - ALADI, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los artículos precedentes, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 553,04 Viáticos (US$ 370,00 x 3 días) : US $ 1 110,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Bravo Martínez presentará a la Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1135560-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial del Ejército Peruano, enfermero y médico para recibir tratamiento médico altamente especializado en los EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 460-2014-DE/EP Lima, 15 de setiembre de 2014