NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (16/09/2014)
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El Peruano Martes 16 de setiembre de 2014 532567 Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1137894-1 Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de la República Federativa del Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 748-2014-DE/SG Lima, 12 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 653 del 25 de julio de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa del Brasil, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 2236/DRIE/c.2 del 4 de setiembre de 2014, el Director de Relaciones Internacionales del Ejército, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Federativa del Brasil; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 21 al 27 de setiembre de 2014, a fi n de participar en un intercambio de Cadetes; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de la República Federativa del Brasil, del 21 al 27 de setiembre de 2014, a fi n que participen en un intercambio de Cadetes. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1137424-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 749-2014-DE/SG Lima, 15 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nºs. 654, 655, 679 y 680 del 27 de agosto y 5 de setiembre de 2014 respectivamente, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa del Brasil, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 2233 y 2235/DRIE/c.2 ambos del 4 de setiembre de 2014, el Director de Relaciones Internacionales del Ejército, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Federativa del Brasil; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 17 de setiembre de 2014 al 5 de enero de 2015, a fi n de participar en el curso Superior de Administración y curso de Operaciones Psicológicas impartido por el Ejército del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de la República Federativa del Brasil, del 17 de setiembre de 2014 al 5 de enero de 2015, a fi n que participen en el curso Superior de Administración y curso de Operaciones Psicológicas impartido por el Ejército del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1137425-1 Dan por concluida designación de Director de Tesorería de la Dirección General de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 757-2014-DE/SG Lima, 15 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-2008 DE/ SG de 17 de enero de 2008, se designó al Empleado Civil Juan Carlos Caballero Rubio como Director de Tesorería de la entonces Dirección General de Gestión Administrativa, actualmente Dirección General de Administración; Que, por Resolución Ministerial Nº 572-2008 DE/SG de 09 de julio de 2008, se instauró proceso administrativo disciplinario