Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2014 (18/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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El Peruano Jueves 18 de setiembre de 2014

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO
Absuelven a servidores de diversos cargos imputados en MORDAZA administrativo disciplinario
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0376-2014-MINAGRI MORDAZA, 26 de junio de 2014 VISTO: El Informe Nº 002-2014-MINAGRI-CPPAD de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 220-2013AG de fecha 14 de junio de 2013, se resuelve en su articulo 2º instaurar MORDAZA administrativo disciplinario a los servidores CAS MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Morocho MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ormeno Casanova, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Vicana Nunez y MORDAZA MORDAZA Fonken Daroytthy, por la presunta comision de faltas administrativas de caracter disciplinario establecidos en el articulo 7 de la Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica; Que, para efectos de la debida identificacion de los servidores CAS comprendidos en el presente MORDAZA administrativo disciplinario, debe precisarse que la

servidora MORDAZA MORDAZA Casanova Ormeno, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 06943794, debera ser asi mencionada en lo sucesivo, conforme queda corroborado por la propia servidora en los presentes autos; Que, la instauracion del MORDAZA administrativo disciplinario se sustenta en que el ex servidor MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA habria incumplido lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 7º de la Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, referido al Uso Adecuado de los Bienes del Estado; asimismo, habria incumplido lo dispuesto en el numeral 6 del citado articulo, el mismo que establece como deberes de la funcion publica la Responsabilidad, senalando que todo servidor debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su funcion publica, evidenciandose el incumplimiento funcional al no haber proporcionado la informacion solicitada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Henderson, ex Administrador de la ATFFS Pucallpa, respecto del saldo pendiente por la suma de Treinta y Dos Mil Ciento Veinte y Nueve y 08/100 Nuevos Soles (S/. 32,129.08), por lo que la Unidad de Contabilidad no registro las citadas rendiciones, tal como se aprecia en el punto Nº 3.4 del rubro denominado ANALISIS del Informe Nº 011-2012-AG-OA de fecha 28 de MORDAZA de 2012; Que, asimismo, los servidores y ex servidores MORDAZA Morocho MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Casanova Ormeno, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Vicana Nunez y MORDAZA MORDAZA Fonken Daroytthy, habrian incumplido lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 7º de la Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, referido al Uso Adecuado de los Bienes del Estado, que establece como deber del servidor publico proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeno de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir

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