NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (18/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 6
El Peruano Jueves 18 de setiembre de 2014 532744 Que, por lo expuesto, la CEPAD determina que el accionar de los servidores Martín Morocho Ruiz, María Jesús Ormeño Casanova, Ramiro Jesús Gutarra Jines, Vanesa Giannina Vicaña Nuñez y Carlos Alberto Fonken Daroytthy, no estaría incurso dentro del supuesto de falta administrativa referida al deber de responsabilidad en el ejercicio de la función pública, contemplado en el numeral 5 del artículo 7 de la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, por lo que no les asiste responsabilidad administrativa, no existiendo fundamento de hecho o de derecho que pueda conllevar a que se les imponga una sanción; Que, en cuanto a la responsabilidad administrativa del servidor CAS John Joel Del Águila Isuiza, corresponde absolverlo de los cargos imputados, toda vez que no se ha podido acreditar la responsabilidad administrativa del citado servidor; De conformidad con la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Reglamento del Proceso Administrativo Disciplinario en el Ministerio de Agricultura, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0322-2006-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Absolver a los servidores CAS, John Joel Del Águila Isuiza, Martín Morocho Ruiz, María Jesús Casanova Ormeño, Ramiro Jesús Gutarra Jines, Vanesa Giannina Vicaña Nuñez y Carlos Alberto Fonken Daroytthy, de los cargos imputados en el proceso administrativo disciplinario instaurado, al no haberse acreditado que hayan incurrido en la falta administrativa prevista en el numeral 5 del artículo 7 de la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Absolver al servidor CAS John Joel Del Águila Isuiza, de los cargos imputados en el proceso administrativo disciplinario instaurado, al no haberse acreditado que haya incurrido en la falta administrativa prevista en el numeral 6 del artículo 7 de la Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Notifi car la Resolución Ministerial a los servidores CAS John Joel Del Águila Isuiza, Martín Morocho Ruiz, María Jesús Casanova Ormeño, Ramiro Jesús Gutarra Jines, Vanesa Giannina Vicaña Nuñez y Carlos Alberto Fonken Daroytthy, en el plazo establecido por Ley. Artículo 4.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Unidad de Personal, para su incorporación al legajo personal de los servidores CAS, John Joel Del Águila Isuiza, Martín Morocho Ruiz, María Jesús Casanova Ormeño, Ramiro Jesús Gutarra Jines, Vanesa Giannina Vicaña Nuñez y Carlos Alberto Fonken Daroytthy. Artículo 5.- Remitir el presente Expediente y copia fedateada de la presente Resolución Ministerial a la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego, a efectos que disponga la implementación de las acciones necesarias que conlleven a constituir una Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, encargada del deslinde de la presunta responsabilidad administrativa del ex funcionario Miguel Ronald Dávila Henderson, ex Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre Pucallpa, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1137470-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban el Convenio de Traspaso de Recursos a suscribirse con SEDAPAL, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traslado de los recursos provenientes de la Cooperación Técnica No Reembolsable aprobada mediante R.S. Nº 040- 2014-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 307-2014-EF/52 Lima, 16 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 040-2014-EF se aceptó una Cooperación Técnica No Reembolsable de la Corporación Andina de Fomento - CAF, hasta por la suma de US$ 250 000,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para fi nanciar parcialmente los estudios de pre-inversión del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de los Sectores 311, 313, 330, 310, 312, 314, 300, 307, 319, 324 y 301- Nueva Rinconada en los Distritos de San Juan de Mirafl ores y Villa María del Triunfo”, cuya ejecución estará a cargo de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL; Que, de conformidad con el Artículo 3 de la referida Resolución Suprema, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, traspasará a la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL, los recursos provenientes de la Cooperación Técnica No Reembolsable antes mencionada, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que será aprobado por Resolución Ministerial de Economía y Finanzas; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, y la Resolución Suprema Nº 040-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Apruébese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima – SEDAPAL, mediante el cual se establecen los términos y condiciones para el traslado de los recursos provenientes de la aludida Cooperación Técnica No Reembolsable aprobada por la Resolución Suprema Nº 040-2014-EF. Artículo 2.- Autorícese al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el artículo precedente, así como toda documentación necesaria para su implementación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1138783-1